RESUMEN LEGAL No. 020-2002

MIERCOLES 30 DE ENERO DE 2002

PRINCIPALES NORMAS PUBLICADAS

CONGRESO

Ley N° 27658

(Pág. 216537)

Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

Se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimiento, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático descentralizado y al servicio del ciudadano.

La referida norma tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias. Es de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional.

Se establece, entre otros, lo siguiente: 

1.   Los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública, entre los cuales se dispone que las funciones y actividades que realice la Administración Pública debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas, que toda dependencia, entidad u organismo público, debe tener claramente asignadas sus competencias. (art. 6°)

2.   Que la gestión y el uso de los recursos públicos en la Administración Pública, sus dependencia, entidades y organismos deberá estar sometida a la medición del cumplimiento de las funciones asignadas y la obtención de resultados, los cuales serán evaluados periódicamente (art. 7°).

3.   Que el ciudadano en su relación con las instituciones del Estado tiene los derechos y deberes establecidos en los artículos 55° y 56° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444), sin perjuicio de los demás derechos contenidos en la citada Ley (art. 10).

4.   La implementación de Programas Pilotos de Modernización en los distintos sectores, que implican una reorganización integral del sector, incluyendo aspectos funcionales, estructurales, de recursos humanos, entre otros (art. 12°).

5.   Que las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos Descentralizados serán aprobadas por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros (art. 13°).

6.   Que la Ley será reglamentada en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, a partir de su vigencia.

7.   Se deroga la Ley Marco de la Modernización de la Administración Pública – Decreto Legislativo N° 834 (Sétima Disposición Complementaria y Final).

TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL

Resolución Suprema N° 003-2002-TR

(Pág. 216556)

Designan Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de ESSALUD.

Designan al doctor RAFAEL VILLEGAS CERRO, como representante del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud, quien desempeñará el cargo de Presidente Ejecutivo.

SUNAT

Resolución de Intendencia N° 010-2002/SUNAT.

(Pág. N° 216586)

Declaran nulidad de la adjudicación de menor cuantía N° 002-ID0000-2001-SUNAT.

Se declara la nulidad de la Adjudicación de Menor Cuantía AMCB N° 002-ID0000-2001-SUNAT, ya que en el referido proceso no se cumplió con notificar a CONSUCODE y a PROMPYME, tal como lo establece el artículo 93 del Reglamento del TUO de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Fe de Erratas

Resolución de Superintendencia N° 006-2002/SUNAT.

(Pág. N° 216586)

Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 006-2002/SUANT publicada el 27 de enero de 2002.

DICE:

" Establecen disposiciones y aprueban formularios para la declaración anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2001

N° 006-2002/SUNAT

..."

DEBE DECIR:

"Establecen disposiciones y aprueban formularios para la declaración anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2001

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 006-2002/SUNAT

..."

 

LECTURAS SUGERIDAS

EL PERUANO:

 

1. Mandatario promulga Ley para modernizar el Estado.

Pág. 02

2. Oficializan creación de Fondo Intangible Solidario de Salud.

Pág. 09

3. Proponen aumentar salario con especies.

Pág. 10

4. Nueva Ley General de Cooperativa.

Pág. 10

5. Empresas mantendrán CTS de trabajadores hasta diciembre.

Pág. 10

6. El INDECOPI flexibiliza tramites administrativos

Pág. 11

7. Tasa de desagio tributario puede ser revisada.

Pág. 21

GESTIÓN:

 

1. BCR: Si hay descontrol fiscal aumentarían tasas de interés.

Pág. 14

2. INDECOPI propone revisar legislación sobre liquidación de empresas.

Pág. 15

3. Comisión de Energía: MEF no envía información para elaborar nueva Ley de Canon.

Pág. 21

4. Temen que SUNAT se oponga al aumento de remuneraciones no sujeto a tributo.

Pág. 22

5. Aprueban proyecto para que 80 mil empresas no queden en situación de irregularidad.

Pág. 28

6. CTS podrá ser depositada en empresas hasta fin de año.

Pág. 28

7. Adaptación de sucursales a la Ley General de Sociedades.

Pág. VI

8. IR a los intereses del extranjero, ¿un error?

Pág. VII

9. Modificaciones a Ley de Mercado de Valores.

Pág. XII

 

PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL

BOLETÍN OFICIAL DEL 29 DE ENERO DE 2002 (PÁGS. 06, 07, 08 y 10)

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES – OTROS TEMAS

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

MOMOPLASTIC S.A.

13, 18 y 21 de febrero de 2002.

11:00 a.m.

Av. Alejandro Tirado N° 181, Santa Beatriz, Lima.

BARENA PERUANA S.A.C.

12, 15 y 20 de febrero de 2002.

3:00 p.m.

Av. Nazca N° 548, Jesús María, Lima.

INDUSTRIAS FRAGOLA S.A. en Liquidación.

13, 18 y 21 de febrero de 2002.

12:00 m.

Jirón Roca de Vergallo N° 133, Magdalena del Mar, Lima.

MINAS OCOÑA S.A.

13 de febrero de 2002.

3:30 p.m.

Av. Del Parque Norte N° 1194, Urbanización Corpac, San Borja, Lima.