RESUMEN LEGAL N° 014-2003

MARTES 14 DE ENERO

NORMAS PUBLICADAS

ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo N° 004-2003-EF

(Pág. 237277)

Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Contaduría Pública de la Nación.

 

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Resolución Administrativa N°

006-2003-P/TC

(Pág. 237307)

Declaran en Proceso de Reestructuración las Unidades Orgánicas Internas del Tribunal Constitucional.

Declaran en proceso de reestructuración al Tribunal Constitucional hasta el 31 de marzo de 2003 y designan la Comisión de Reestructuración Organizativa Institucional.

 

JURISPRUDENCIA

Resolución del Tribunal Fiscal N° 07009-2-2002

(Pág. 5589)

Régimen de Fraccionamiento Especial – Decreto Legislativo N° 848.

Establece el siguiente criterio:

"Resulta admisible el recurso de reclamación de las resoluciones que declaran la pérdida del fraccionamiento, interpuesto con posterioridad al vencimiento del plazo de 20 días hábiles a que se refiere el primer párrafo del artículo 137° del Código Tributario, siempre que se efectúe la subsanación contemplada en el segundo y tercer párrafos del mismo artículo."

"Resulta admisible el recurso de apelación presentado con posterioridad al vencimiento del plazo de 15 días hábiles, siempre que se acredite el pago de la deuda o se presente la carta fianza respectiva."

Resolución del Tribunal Fiscal N° 07116-5-2002

(Pág. 5591)

Impuesto General a las Ventas y Multas.

Establece el siguiente criterio:

"Desde la vigencia del Decreto Legislativo N° 821 cabe interpretar que el impuesto pagado por la utilización de servicios prestados por sujetos no domiciliados podría deducirse como crédito fiscal a partir de la declaración correspondiente al período tributario en que se realizó el pago del impuesto, lo que fue señalado en el artículo 6° numeral 11) del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 136-96-EF.

Los diversos criterios vertidos por este Tribunal evidencian que existe una duda razonable en la interpretación de las normas contenidas en el Decreto Legislativo N° 821 a efecto de establecer la oportunidad en que procede aplicar como crédito fiscal el impuesto pagado por la utilización de servicios prestados por sujetos no domiciliados por lo que procede aplicar el numeral 1) del artículo 170° del Código Tributario durante el período comprendido entre el 24 de abril y el 31 de diciembre de 1996."

Resolución del Tribunal Fiscal N° 7057-1-2002

(Pág. 5594)

 

Aportaciones al Instituto Peruano de Seguridad Social.

Establece el siguiente criterio:

"La Directiva N° 001-GCICC-IPSS-93 que aprueba las normas para la inscripción de las Obras de Construcción Civil y el Otorgamiento de Pases de Declaratoria de Fábrica, excede lo dispuesto en los Decretos Leyes N°s 18846, 19990, 22482 y en la Ley N° 26790 en lo que se refiere a la determinación de la base imponible de las aportaciones de seguridad social, al establecer supuestos de imposición no previstos en tales dispositivos."

 

LECTURAS SUGERIDAS

EL PERUANO:

 

1. Piden eliminar impuesto a las acciones del Estado.

Pág. 14

2. Antes de marzo terminará estudios sobre la estructura tributaria.

Pág. 14

3. Negociación de cláusulas de la convención colectiva.

Pág. 18

4. Ruptura de esquemas lógicos.

Pág. 18

5. Criterios por aportar.

Pág. 18

GESTIÓN:

 

1. Exoneraciones a empresas eléctricas culminará a fin de año.

Pág. 21

2.Viceministro de Hacienda: Hay acciones del Congreso que complican el manejo económico.

Pág. 22

3. Gobierno inició conversaciones con regiones para reducir exoneraciones tributarias.

Pág. 23

 

PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL

BOLETÍN OFICIAL DEL 11 DE ENERO DEL 2003

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES – OTROS TEMAS

(Pág. 8)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

SUR QUÍMICA S.A. EN LIQUIDACIÓN

27 y 30 de enero de 2003.

10:00 a.m.

Esquina Av. Cayma y Ejército, Cayma – Arequipa.

 

BOLETÍN OFICIAL DEL 12 DE ENERO DEL 2003

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES – OTROS TEMAS

(Pág. 9)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

CARROCERÍAS MORILLAS S.A.

27 y 30 de enero de 2003.

12:00 p.m.

Jr. Orbegoso N° 549 Trujillo.

 

BOLETÍN OFICIAL DEL 13 DE ENERO DEL 2003

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES – OTROS TEMAS

(Pág. 7,9,10)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

GRIFO MI CAUTIVO S.R.L.

23 y 28 de enero de 2003.

12:00 p.m.

Urbanización San Eduardo A-02, Piura.

MAJES PRODUCTORES Y PROVEEDORES AGRARIOS S.A.A. EN LIQUIDACIÓN.

27 y 30 de enero de 2003.

11:00 a.m.

Moral 101-Arequipa.

GUICON S.A. EMPRESA CONSTRUCTORA EN LIQUIDACIÓN

27 y 30 de enero de 2003.

12:00 p.m.

Av. Rivera Navarrete N° 698 – San Isidro.

COMISIONES DELEGADAS DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI

(Pág. 7)

 

De conformidad con lo establecido por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Concursal, Ley N° 27809, se pone en conocimiento lo siguiente:

Comisión Delegada de Procedimientos Concursales

Lugar donde se deben presentar las solicitudes de reconocimiento de crédito

Empresas/Personas en proceso

Universidad de Piura con sede en Lima

Calle Arica N° 740, Miraflores.

Luis Armando Barreda Palacios

Yanet Violeta Terrazas Miranda.

Pontificia Universidad Católica del Perú.

Jr. Roca de Vergallo N° 133, Magdalena del Mar.

Senegocia.Com Perú S.A.C.

Escuela de Administración de Negocios para Graduados-ESAN.

Av. Benavides N° 4988, Surco.

Sociedad Conyugal Máximo Oscar Carhuamaca

Rivera y Nidia Carlota Zárate Palomino.

Cámara de Comercio y Producción de Piura y Universidad de Piura

Urbanización San Eduardo A-2, Piso 2-Piura.

Melecio López Carrasco.

Los siguientes deudores han quedado sometidos al Procedimiento Concursal Preventivo:

Comisión Delegada de Procedimientos Concursales

Lugar donde se deben presentar las solicitudes de reconocimiento de crédito

Empresas/Personas en proceso

Universidad Nacional San Agustín de Arequipa

Calle Moral N° 316, Cercado, Arequipa.

Héctor Augusto Vildoso Zambrano (*)

Escuela de Administración de Negocios para Graduados – ESAN.

Av. Benavides N° 4988, Surco.

Sociedad Conyugal Rommel Malpartida Canta y Carmen Narda Lozada Arenas.

(*) Han solicitado la inexigibilidad de sus obligaciones de conformidad con el artículo 108.1 de la Ley General del Sistema Concursal.

En atención a lo anterior y de acuerdo con lo establecido por el artículo 34.1 de la Ley General del Sistema Concursal; se comunica a los acreedores de las personas y empresas sometidas a los procedimientos concursales que deberán presentar sus solicitudes de reconocimiento de créditos dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha de la publicación del presente aviso, más el término de la distancia.

Para estos efectos, los acreedores deberán presentar copia de los títulos justificativos de sus créditos y observar los demás requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Indecopi, debiendo declarar si mantienen vinculación con el deudor concursado.

Se recuerda a los deudores concursados que, de conformidad con el artículo 31° de la Ley General del Sistema Concursal, deben presentar a la Comisión Delegada Competente, si no lo hubieran hecho antes, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contabilizados a partir de la publicación del presente aviso, la totalidad de la información y documentación señaladas en el artículo 25° de la Ley, bajo sanción de multa.