RESUMEN LEGAL N° 194-2003
VIERNES 10 DE OCTUBRE
NORMAS LEGALES |
|
PODER EJECUTIVO |
|
Decreto Legislativo N° 929 (Pág. 252814) |
Precisa los alcances del inciso c) del artículo 19º del TUO de la Ley de IGV e ISC. Se precisa que el Registro de Compras debe ser legalizado antes de su uso. En este sentido, sólo se ejerce el derecho a crédito fiscal si el Registro ha sido debidamente legalizado. Se precisa que en caso se anoten documentos que sustenten crédito fiscal en fecha anterior a la legalización, sólo podrá utilizarse el crédito fiscal en el mes de la legalización. Se precisa que la anotación de documentos que sustenten crédito fiscal fuera del plazo de 4 meses acarrea la pérdida del crédito fiscal. Excepcionalmente, se otorga plazo de 30 días calendario para regularizar la legalización del Registro de Compras y 15 días en el caso de solicitudes de devolución o compensación de pagos en trámite. |
Decreto Legislativo N° 930 (Pág. 252814) |
Se sustituyen parcialmente los artículos 32º y 39º del TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias. En relación al artículo 32°, se dispone que el débito en cuenta corriente o de ahorros es un medio de pago. Atendiendo a que la moneda en curso es la moneda nacional, se señala que esta se utilizará para efectuar el pago de la deuda tributaria. Respecto al artículo 39° se añade el abono en cuenta corriente o de ahorros como un nuevo mecanismo para efectuar las devoluciones. |
Decreto Legislativo N° 931 (Pág. 252816) |
Procedimiento para el cumplimiento tributario de los proveedores de las entidades del Estado. Se obliga a las entidades del sector público nacional a comprobar si sus proveedores han cumplido con sus obligaciones tributarias y, de existir deuda, a informar a la SUNAT dicha situación a efecto que se adopten las medidas cautelares que correspondan. |
Decreto Legislativo N° 932 (Pág. 252818) |
Implementan sistema de comunicación por vía electrónica para que la SUNAT notifique los embargos en forma de retención y actos vinculados a las empresas del sistema financiero nacional. Se implementa un sistema de comunicación por vía electrónica para que la SUNAT notifique a las empresas del sistema financiero nacional las Resoluciones de Embargo en forma de retención y estas empresas le remitan la información respectiva. |
Decreto Legislativo N° 933 (Pág. 252819) |
Establece sanciones a funcionarios que no cumplen con realizar la declaración y pago de las retenciones y contribuciones sociales. Se establece que aquellos funcionarios que incumplan con efectuar la declaración y el pago de las contribuciones y retenciones que correspondan a su personal activo, cesante y/o pensionista o que incumplan con declarar las retenciones de cuarta categoría y/o declaren como tales a sujetos que no tienen dicha calidad, serán sancionados de acuerdo a lo siguiente: Primera vez que incurre en la infracción: Suspensión hasta por treinta días sin goce de remuneraciones. Segunda vez que incurre en la infracción: Destitución o despido del funcionario. Asimismo, se dispone que la SUNAT publicará mediante SUNAT Virtual la relación de entidades que incumplan con las obligaciones tributarias antes señaladas. |
Decreto Legislativo N° 934 (Pág. 252820) |
Modificación del Decreto Ley Nº 25734 referido a la obligación de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes. Se establece la obligación de inscribirse en el RUC a los sujetos que sean beneficiarios de devoluciones dispuestas por normas especiales, aún cuando no sean contribuyentes y/o responsables de tributos. Asimismo se faculta a la SUNAT para que mediante Resolución de Superintendencia determine los casos en que será necesaria dicha inscripción en el RUC. |
Decreto Legislativo N° 935 (Pág. 252820) |
Modifica el inciso k) del artículo 2º del TUO de la Ley de IGV e ISC. Se establece que no se encuentran gravados con el Impuesto General a las Ventas la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades e instituciones extranjeras de cooperación técnica internacional (ENIEX), organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD-Perú) nacionales e instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, inscritas en el registro correspondiente. |
MINCETUR |
|
Resolución Ministerial N° 341-2003-MINCETUR/DM (Pág. 252821) |
Delegan en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica la facultad de expedir certificados de origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Región Ica. |
Resolución Ministerial N° 342-2003-MINCETUR/DM (Pág. 252821) |
Delegan en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad la facultad de expedir certificados de origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Región La Libertad. |
SUNAT |
|
Resolución de Superintendencia N° 184-2003/SUNAT (Pág. 252848) |
Designan agentes de retención del Impuesto General a las Ventas. |
LECTURAS SUGERIDAS |
|
EL PERUANO: |
|
1. Unánime respaldo a la Ley del Libro. |
Pág. 5 |
2. MEF aprueba las primeras medidas tributarias. |
Pág. 14 |
3. Ministro Reátegui: Se aplicarán cuotas o aranceles. |
Pág. 15 |
4. Indecopi: Se resolverán denuncias con celeridad (Tiene 30 días hábiles para determinar si importaciones afectan a Industria). |
Pág. 16 |
5. Produce evaluará sobretasas que impondrá a textiles chinos. |
Pág. 16 |
4. Revisarán impacto de ISC a combustibles. |
Pág. 16 |
GESTIÓN: |
|
1. Proveedores del Estado no deberán tener deudas tributarias antes de recibir pagos. |
Pág. 10 |
2. Iriarte afirma ahora que Ley de Puertos tiene imperfecciones. |
Pág. 12 |
3. MEF evalúa impacto negativo del ISC a los combustibles en transporte de carga. |
Pág. 13 |
4. Toledo reorientará la política agraria. |
Pág. 13 |
5. Mincetur: Perú no puede estar en la disyuntiva de elegir a EEUU o a Brasil. |
Pág. 16 |
6. Alfredo Ferrero: "No hemos claudicado principio de apoyar eliminación de subsidios agrícolas". |
Pág. 16 |
7. Reunión de noviembre definirá futuro del ALCA. |
Pág. 16 |
8. Toledo envía misión a reunión que hoy celebra el G-21 en Argentina. |
Pág. 17 |
9. Ferrero: Prioridades comerciales son con EEUU y Unión Europea. |
Pág. 17 |
10. Wagner: Mincetur no coordinó retiro del Perú del G-21 con Cancillería. |
Pág. 18 |
11. Grupo de los 21 evalúa hoy estrategia para próximas negociaciones en OMC y ALCA. |
Pág. 19 |
12. Gobierno estudia aplicar salvaguardias a otros productos importados. |
Pág. 20 |
13. Crean procedimiento para aplicar medida a importaciones que causen daño a producción nacional. |
Pág. 20 |
14. SNI presentará hoy denuncia contra importaciones de textiles de China, |
Pág. 21 |
15. Industriales: FF.AA. todavía no participan en lucha contra contrabando. |
Pág. 21 |
16. Aduanas realiza fiscalizaciones a operadores de comercio exterior. |
Pág. 22 |
17. Libros estarán exonerados del IGV por 12 años. |
Pág. 22 |
18. Congreso exigirá a Merino enviar proyectos de reforma del Estado. |
Pág. 24 |
19. MEF y SUNAT ya han recibido opinión de la SBS sobre ITB |
Pág. IX |
PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL |
BOLETIN OFICIAL DEL 08 DE OCTUBRE DE 2003 |
|||
CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES (Página 14 ) |
|||
NOMBRE |
FECHA |
HORA |
DIRECCIÓN |
Importaciones y Distribuciones Pinetti S.A. en liquidación. |
27 y 30 de octubre de 2003 |
10:00 a.m. |
Av. Nazca 548 Jesús María |
BOLETIN OFICIAL DEL 09 DE OCTUBRE DE 2003 |
NO SE PUBLICARON AVISOS DE CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES |