RESUMEN LEGAL N° 065-2005

MIÉRCOLES 06 DE ABRIL DEL 2005

NORMAS LEGALES

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Fe de erratas

(Pág. 290192)

Fe de Erratas de la Ley que establece la vigencia de los artículos 39š, 40š y 41š del Código Procesal Penal

Dice: Ley Nš 28481

Debe Decir: Ley Nš 28482

ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo Nš 041-2005-EF

(Pág. 290197)

Actualizan lista de medicamentos e insumos para tratamiento oncológico y VIH/SIDA libres del pago del IGV y derechos arancelarios

Resolución Viceministerial Nš 007-2005-EF/15

(Pág. 290199)

Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria para la importación de maíz, azúcar, arroz y lácteos

JURISPRUDENCIA – TRIBUNAL FISCAL

Resolución del Tribunal Fiscal Nš 01706-5-2005

(Pág. 61689)

Expediente Nš 4027-03

Se resuelve la apelación interpuesta por Compañía Mercantil Continental S.R.LTDA. contra la Resolución de Intendencia Nš 055-4-03928/SUNAT del 15 de mayo de 2003, expedida por la Intendencia Regional Arequipa de la SUNAT, que declaró procedente en parte la reclamación presentada contra las Resoluciones de Determinación Nšs. 052-03-0000146 a 052-03-0000160, y las Resoluciones de Multa Nšs. 052-02-0000154 a 052-02-0000173

1. 9; Se resuelve REVOCAR la Resolución de Intendencia Nš 055-4-03928/SUNAT del 15.05.03, en el extremo referido al reparo al débito fiscal por diferencias de caja, y al crédito fiscal sustentado en adquisiciones correspondientes a bienes perdidos como consecuencia de robos e incendio contenido en las Resoluciones de Determinación Nšs. 052-03-0000146 y 052-03-0000148, los cuales se dejan sin efecto y CONFIRMAR en los demás que contiene, debiendo la Administración reliquidar las Resoluciones de Determinación Nšs. 052-03-0000146 a 052-030000149 y las Resoluciones de Multa Nšs. 052-02-0000154 a 052-02-0000161.

2. 9; La resolución constituye precedente de observancia obligatoria en cuanto establece el siguiente criterio:

"De acuerdo con los artículos 18š y 22š de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Decreto Legislativo Nš 821, no debe reintegrase el crédito fiscal por la pérdida de bienes ocurrida por robo, aún cuando no se haya contemplado expresamente dentro de las excepciones que señalaba el Reglamento aprobado por los Decretos Supremos Nšs. 029-94-EF y 136-96-EF".

 

LECTURAS SUGERIDAS

EL PERUANO:

1. Recaudación por Impuesto a la Renta aumenta 90%.

Pág. 14

2. Regalías mineras se darán en febrero de 2006.

Pág. 15

3. Se acerca el ITAN 2005.

Pág. 21

GESTIÓN:

1. Waisman arremete duramente contra Kuczynski. Criticó al MEF por la política tributaria y por que no se está dejando trabajar a ‘empresas eficientes’ como SEDAPAL y PETROPERU.

Pág. 12

2. SUNAT detectó este año a 70 mil contribuyentes que no tenían RUC.

Pág. 18

3. Recaudación creció 6% en marzo, restando pago por regularización del Impuesto a la Renta.

Pág. 18

4. Congreso citaría a jefa de SUNAT para responder a informe del Defensor del Contribuyente.

Pág. 19

5. Tribunal Constitucional: Empresas con contratos de estabilidad no pagarán regalías.

Pág. 24

 

PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL

BOLETIN OFICIAL DEL 02 DE ABRIL DEL 2005

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES

(Pág. 13)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

POLYTEMP DEL PERÚ S.A. EN LIQUIDACIÓN

13 de abril

09:00

Calle De la Prosa Nš 138, San Borja.

 

BOLETIN OFICIAL DEL 03 DE ABRIL DEL 2005

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES

(Pág. 08)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

CARROCERÍAS MORILLAS S.A.

18 y 21 de abril

10:00

Jr. Orbegoso Nš 549, Trujillo.

 

BOLETIN OFICIAL DEL 04 DE ABRIL DEL 2005

Comisión de Procedimientos concursales del INDECOPI

(Pág. 15)

De conformidad con lo establecido en el Art. 32 de la Ley General del Sistema Concursal, Ley N° 27809, se pone de conocimiento lo siguiente:

Cuadro 1 – Los siguientes deudores han quedado sometidos al Procedimiento Concursal Ordinario:

Comisión de Procedimientos Concursales

Lugar donde se deben presentar las solicitudes de reconocimiento de crédito

Nš de Expediente

Empresas / Personas en proceso

161-2004/CCO-ODI-ULI

Espresso S.R.L.

069-2005/CCO-INDECOPI

Agencia Comercial Marítima Gaviño Reyes S.A.

016-2004/CCO-INDECOPI

Pragminsa Negocios Mineros S.A.C.

039-2005/CCO-INDECOPI

Demetrio Perea Collantes

Cuadro 2 – De conformidad con el articulo 703 del Código Procesal Civil, el Poder Judicial ha dispuesto la disolución y liquidación de las siguientes personas:

Comisión de Procedimientos Concursales

Lugar donde se deben presentar las solicitudes de reconocimiento de crédito

Nš de Expediente

Empresas / Personas en proceso

Sede Central

Calle de la Prosa N° 138, San Borja, Lima

67-2005/CCO-INDECOPI

Ricardo Eleazar Revoredo Luna

Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo de Lambayeque

Calle Manuel María Izaga N° 766, Chiclayo

0002-2005/CCO-ODI-LAM

Jaime Tapia Ramos

FE DE ERRATAS:

El aviso de deudores sometidos a concurso publicado el lunes 31 de enero de 2005 por error tipográfico se consignó el nombre Jesús Abarca Licuona, cuando en realidad la persona sometida a procedimiento de liquidación, por mandato del Poder Judicial, es el señor Jesús Abarca Licona. En tal sentido, debe entenderse que la persona cuyo procedimiento concursal se publicó el día 31 de enero de 2005 es el señor Jesús Abarca Licona.

CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES

(Pág. 11)

NOMBRE

FECHA

HORA

LUGAR

MANUFACTURAS SUDAMERICANAS METÁLICAS EIRL EN LIQUIDACIÓN

19 y 22 de abril

10:30

Calle La Prosa Nš 138, San Borja.

 

BOLETIN OFICIAL DEL 05 DE ABRIL DEL 2005

NO SE PUBLICÓ AVISO DE CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES