RESUMEN LEGAL N° 207-2008
SÁBADO 25 DE OCTUBRE DE 2008
NORMAS LEGALES |
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AGRICULTURA |
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Resolución Directoral N° 62-2008-AG-SENASA-DSV (Pág. 382131) |
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de yemas de palto procedentes de EE.UU. |
ECONOMÍA Y FINANZAS |
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(Pág. 382138) |
Aprueban uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial que entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2010. |
ENERGÍA Y MINAS |
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Resolución Ministerial Nº 491-2008-MEM/DM (Pág. 382138) |
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución definitiva del IGV, IPM u otro impuesto al consumo que se le traslade o pague el Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 125. |
Resolución Ministerial Nº 492-2008-MEM/DM (Pág. 382142) |
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución definitiva del IGV, IPM u otro impuesto al consumo que se le traslade o pague el Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 121. |
SEGURO SOCIAL DE SALUD |
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Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 28-GCASEG-ESSALUD-2008 (Pág. 382181) |
Aprueban Formularios 6010, Cupón de Inscripción y 6011, Registro de Beneficiarios del + Vida Seguro de Accidentes, modifican el Formulario 9000, Solicitud de Indemnización y dejan sin efecto el Formulario 6008, Registro del Afiliado y Beneficiarios. |
SUNAT |
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Resolución de Superintendencia N° 187-2008/SUNAT (Pág. 382183) |
Aprueban la forma y condiciones para solicitar la amnistía de seguridad social. |
Resolución de Superintendencia N° 190-2008/SUNAT (Pág. 382185) |
Prorrogan el Cronograma de Vencimientos para la presentación de la Declaración de Predios correspondiente al año 2007. |
Fe de erratas - Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT (Pág. 382185) |
Fe de erratas de la Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT que implementó la emisión electrónica del Recibo por Honorarios y el llevado del Libro de Ingresos y Gastos de manera electrónica. En el Numeral 3 del artículo 19º: DICE: "(…) 3. Tratándose del Libro de ingresos y gastos electrónico, el emisor electrónico deberá generarlo descargándolo a través del Sistema. La comunicación a que se refiere el numeral 7 del artículo 62º del Código Tributario se entenderá cumplida con la citada descarga. (…)" DEBE DECIR: "(…) 3. Tratándose del Libro de ingresos y gastos electrónico, el emisor electrónico deberá generarlo descargándolo a través del Sistema. La comunicación a que se refiere el numeral 7 del artículo 87º del Código Tributario se entenderá cumplida con la citada descarga. (…)" |
LECTURAS SUGERIDAS |
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EL PERUANO: | |
1. Para no ir a consulta. Preparan ley sobre Fonavi. |
Pág. 5 |
2. Economía crecerá 9.3%. |
Pág. 6 |
3. Por coyuntura externa. BVL continuó en descenso. |
Pág. 6 |
4. Exportaciones aumentaron 4.2%. |
Pág. 7 |