MODIFICAN CRONOGRAMA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PARA CONTRIBUYENTES CUYO ULTIMO DIGITO DE NUMERO DE RUC SEA 3
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 033-2000/SUNAT
(Publicado el 9 de marzo de 2000)
Lima, 8 de marzo de 2000
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 001-2000/SUNAT, se estableció el cronograma de cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes a los deudores tributarios, para los períodos tributarios de enero a junio del año 2000, incluyendo a los que se encuentran comprendidos en el Régimen Único Simplificado y a los que tengan que efectuar las aportaciones a la Seguridad Social – ESSALUD y a la Oficina de Normalización Previsional – ONP;
Que es necesario, en el caso de las obligaciones correspondientes al mes de marzo, modificar el cronograma de vencimientos establecido en la Resolución de Superintendencia N° 001-2000/SUNAT;
En uso de la facultad otorgada por el artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, y el inciso n) del artículo 6° del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Sustitúyase por el día 25 de abril de 2000 la fecha de vencimiento correspondiente al mes de marzo, establecida en el Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2000/SUNAT, para los contribuyentes cuyo último dígito de número de RUC sea 3. En tal sentido, modifíquese el Anexo antes mencionado, de la siguiente manera:
MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACION |
FECHA DE VENCIMIENTO SEGUN EL ULTIMO NUMERO DE REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) |
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2 | 3 | |
MARZO 2000 | 25 abril 2000 | 25 abril 2000 |
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME R. IBERICO
Superintendente