INCLUYEN DISPOSICION TRANSITORIA EN EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 141- 2000/SUNAT

(Publicada el 30 de diciembre de 2000)

Lima, 29 de diciembre de 2000

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 003-2000/SUNAT se aprobó el Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros;

Que si bien en el artículo 3° del referido reglamento se ha señalado a los obligados a la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, resulta necesario fijar para el ejercicio gravable 2000 un universo distinto de obligados, así como los plazos y lugares en los que deberán cumplir con presentar dicha declaración;

Que el artículo 9° del citado reglamento establece el uso del medio informático desarrollado por la SUNAT, denominado "Programa de Declaración Telemática de Operaciones con Terceros" (PDT de Operaciones con Terceros);

Que para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, resulta necesario poner a disposición de los obligados a declarar una nueva versión del PDT de Operaciones con Terceros a utilizarse a partir de la Declaración correspondiente al ejercicio gravable 2000;

Que en consecuencia, es necesario incluir en la Resolución de Superintendencia N° 003-2000/SUNAT las modificaciones que correspondan;

De conformidad con el Artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso p) del Artículo 6° del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificatorias;

 

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Inclúyase como cuarta disposición transitoria del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 003-2000/SUNAT, el texto siguiente:

"Cuarta.- Por el ejercicio 2000, deberán presentar la Declaración los Declarantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Tengan la calidad de Principales Contribuyentes.

b) Hayan obtenido ingresos brutos superiores a S/. 216,000.00 (doscientos dieciséis mil y 00/100 Nuevos Soles) durante el ejercicio 1999, de acuerdo a la Declaración Anual del Impuesto a la Renta correspondiente a dicho ejercicio. El resultado de los ingresos brutos se obtendrá de sumar los montos consignados en las casillas 321, 327 y 329 del Formulario N° 174 – Declaración Pago Anual Impuesto a la Renta – Tercera Categoría 1999, o de sumar las casillas 463, 473, 475 y 476 del PDT - Renta 99.

c) Hayan estado obligados a presentar la Declaración correspondiente al ejercicio 1999.

Para efecto de la presentación de la Declaración, se tendrá en cuenta lo siguiente:

i) Plazo:

Podrá ser presentada desde el 15 de febrero del año 2001, siendo las fechas de vencimiento de la obligación, las señaladas en el Anexo N° 3. Los Principales Contribuyentes podrán optar por presentar la Declaración junto con la Declaración Renta.

ii) Lugar:

Deberá ser presentada en los lugares previstos en el primer párrafo del artículo 12°. Las direcciones de las dependencias de la SUNAT habilitadas para la presentación de la Declaración son las indicadas en el Anexo N° 4.

iii) Forma:

Para presentar la Declaración se utilizará el Programa de Declaración Telemática de Operaciones con Terceros – versión 2.0, que estará a disposición de los Declarantes en la página web de la SUNAT, cuya dirección es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de publicación de la presente norma."

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO ARIAS MINAYA

Superintendente Nacional


 

ANEXO N° 3

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO

EJERCICIO 2000

Ultimo dígito del número de RUC

Vencimiento

9

25.04.2001

8

26.04.2001

7

27.04.2001

6

30.04.2001

5

02.05.2001

4

03.05.2001

3

04.05.2001

2

07.05.2001

1

08.05.2001

0

09.05.2001

 


ANEXO N° 4

DEPENDENCIAS SUNAT

ORGANO DESCENTRALIZADO

PROVINCIA

DIRECCIÓN

Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales

Av. Garcilazo de la Vega N° 1472 - Lima

Intendencia Regional Lima

Lima

Av. Benavides N° 222 - Miraflores

Agencia Lima

Avenida Abancay N° 491.Lima.

Agencia Surco

Avenida Prolongación Primavera N° 1757. Santiago de Surco.

Agencia Lince

Avenida Arenales N° 1785-1795. Lince

Agencia Jesús María

Esquina Jirón Camilo Carrillo con General Córdova. Jesús María.

Agencia Callao

Avenida Elmer Faucett s/n Centro aéreo Comercial.Tiendas 105-106-107 y 108. Calla

Oficina Zonal Huacho

Huacho

Av. 28 de Julio N° 286 - Huacho

Oficina Remota Huaraz

Huaraz

Jr. Simón Bolivar N° 664 - Huaraz

Intendencia Regional Piura

Piura

Esq. Av. Loreto y Jr. Callao s/n - Piura

Oficina Remota Tumbes

Tumbes

Jr. Bolívar N° 225 Pas. Los Libertadores - Tumbes

Oficina Remota Talara

Talara

Av B N° 270 - Talara

Intendencia Regional Lambayeque

Chiclayo

Av. Leonardo Ortiz N° 195 - Centro Cívico - Chiclayo

Oficina Remota Chachapoyas

Chachapoyas

Esq. Jr. Ayacucho y Dos de Mayo s/n - Chachapoyas

Oficina Remota Jaén

Jaén

Jr. Huamantanga N° 1418 – Jaén

Oficina Zonal Cajamarca

Cajamarca

Jr. Apurímac N° 688 - Cajamarca

Intendencia Regional Loreto

Maynas

Jirón Putumayo N° 154-156 - Iquitos

Oficina Zonal San Martín

San Martín

Jr. Ramón Castilla N° 120 - Tarapoto

Oficina Remota Moyobamba

Moyobamba

Esq. San Martín con M. Del Águila - Moyobamba

Oficina Zonal Ucayali

Crnel. Portillo

Jr. Raymondi N° 599 - Pucallpa

Intendencia Regional La Libertad Trujillo Jr. Agustín Gamarra N° 484 - Trujillo

Oficina Remota Pacasmayo

Pacasmayo

Esq. 28 de Julio y Calle Lima – Pacasmayo

Oficina Zonal Chimbote Santa Jr. Manuel Villavicencio N° 226 - Chimbote

Intendencia Regional Cusco

Cusco

Calle Sta. Teresa N° 370 - Cusco

Oficina Remota Madre de Dios

Tambopata

Jr. D. Alcides Carrión N° 243 - Puerto Maldonado

Oficina Remota Abancay

Abancay

Jr. Lima N° 206 - Abancay

Oficina Remota Andahuaylas

Andahuaylas

Jr. Ricardo Palma s/n Centro Cívico - Andahuaylas

Oficina Remota Sicuani

Canchis

Esq. Calle Bolognesi con Calle Arica - Sicuani

Oficina Remota Quillabamba

La Convención

Jr Martín Pio Concha N° 274 - Quillabamba

Intendencia Regional Ica

Ica

Av. Matías Manzanilla N° 106 - Ica

Oficina Remota Ayacucho

Huamanga

Av. Mariscal Cáceres N° 399, 2do. piso - Ayacucho

Oficina Zonal Cañete

Cañete

Jr. 2 de Mayo N° 450 - San Vicente - Cañete.

Intendencia Regional Junín

Huancayo

Jr. Loreto N° 200 - Huancayo

Oficina Remota Tarma

Tarma

Jr. Arequipa N° 257 - Centro Cívico Tarma

Oficina Remota Huancavelica

Huancavelica

Jr. Victoria Gamma N° 379 - C.C. Huancavelica

Oficina Zonal Huánuco

Huánuco

Jr. 28 de Julio N° 990 - Huánuco

Oficina Remota Pasco

Pasco

Jr. 28 de Julio s/n Edif. Estatal N° 1 San Juan Pampa

Intendencia Regional Arequipa

Arequipa

Calle Mercaderes N° 201 - Arequipa

Oficina Remota Mollendo

Islay

Calle Arequipa N° 243 - Mollendo

Oficina Remota Camaná

Camaná

Av. Mariscal Castilla N° 102 - Camaná

Oficina Zonal Juliaca

San Román

Jr. 7 de Junio N° 575 - Juliaca

Oficina Remota Puno

Puno

Esq. Jr. Grau y Jr. Ayacucho - Puno

Intendencia Regional Tacna

Tacna

Calle Zela N° 701 - 703 - Tacna

Oficina Remota Moquegua

Mariscal Nieto

Calle Lima N° 616 - Moquegua

Oficina Remota Ilo

Ilo

Jr. Abtao N° 534 - Ilo