AMPLIAN LUGARES DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARlAS DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL ICA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 091-2002/SUNAT
(Publicada
el 24 de julio de 2002)
Lima,
23 de Julio de
2002
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 095-1999/SUNAT se aprobó el Directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Ica; y se estableció el lugar donde los contribuyentes comprendidos en el mismo debían cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT;
Que
por Resoluciones de Superintendencia Nros. 063-2000/SUNAT, 140-2001/SUNAT y
043-2002/SUNAT se modificó el Directorio de Principales Contribuyentes de la
Intendencia Regional Ica;
Que
a afecto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales
de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Ica se ha
considerado conveniente incrementar los lugares donde deben cumplir los mismos
con dichas obligaciones;
En
uso de las facultades conferidas en los artículos 29° y 88° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y
normas modificatorias; el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N°
100-97/SUNAT; el inciso k) del artículo 6° del Estatuto de la SUNAT, aprobado
por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y normas modificatorias; y
el numeral 1 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N°
093-97/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo
1°.- Los Principales Contribuyentes incorporados al Directorio de la
Intendencia Regional Ica mediante Resoluciones de Superintendencia Nros. 095-1999/SUNAT,
063-2000/SUNAT, 140-2001/SUNAT y 043-2002/SUNAT, podrán cumplir con sus
obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no
contenciosos, así como todo tipo de trámites referidos a tributos
administrados y/o recaudados por la SUNAT, en cualquiera de Ios lugares
que a continuación se detallan:
Av. Matías Manzanilla N° 106, Distrito de Ica, Provincia de Ica, Departamento de Ica.
Calle Colón N° 100, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica.
Av. Mariscal Cáceres N° 399, Segundo Piso, Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho.
Artículo 2°.- La presente Resolución de Superintendencia entrará en vigencia a partir del 1 de agosto del año 2002.
Regístrese, comuníquese y publíquese
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional