Exonera del proceso de selección correspondiente a prórroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en Huacho

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 010-2004/SUNAT

(Publicado el 20 de enero de 2004)

Lima, 15 de enero de 2004

CONSIDERANDO:

Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Directas, las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor;

Que una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicho texto legal;

Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación;

Que el Informe Técnico Legal Nº 006-2003-SUNAT/2I1001 de la Oficina Zonal Huacho, indica que se requiere prorrogar por el plazo de un (1) año, comprendido entre el 17 de enero de 2004 y el 16 de enero de 2005, el contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida Túpac Amaru Nº 139, distrito de Huacho, Provincia de Huaura y Departamento de Lima, el cual consta de un área total de un mil ciento veintidós metros cuadrados (1,122.00 m2), en virtud a que el referido inmueble viene siendo utilizado como Almacén de Bienes Comisados y Embargados de la Oficina Zonal Huacho, pues reúne las condiciones e infraestructura necesaria para atender las necesidades de la Institución, permitiendo continuar con el normal desarrollo de sus actividades;

Que el mencionado Informe señala que el importe de la renta mensual no será incrementado, permaneciendo inalterable en US$ 850.00 (Ochocientos cincuenta y 00/100 dólares americanos), incluido impuestos;

Que lo expuesto en dicho Informe justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades otorgadas por el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida Túpac Amaru Nº 139, distrito de Huacho, Provincia de Huaura y Departamento de Lima, por el período de un (1) año contado a partir del 17 de enero de 2004 y hasta el 16 de enero de 2005, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar al Jefe de la Oficina Zonal Huacho a suscribir el Contrato respectivo, con la empresa Inmobiliaria Facar SRL, mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de US$ 850.00 (Ochocientos cincuenta y 00/100 Dólares Americanos), incluido impuestos; los cuales serán financiados con recursos propios de la Institución.

Artículo 3°.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución y del Informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional