Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones de principales contribuyentes de la Intendencia Regional Piura

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 011-2004/SUNAT

(Publicada el 17 de enero de 2004)

Lima, 16 de enero de 2004

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 236-2003/SUNAT, se realizarán algunas modificaciones en los directorios de Principales Contribuyentes de las diferentes dependencias de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT;

Que la citada Resolución de Superintendencia estableció los lugares donde los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Piura deben cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT;

Que a efectos de facilitar el cumplimiento de las citadas obligaciones tributarias de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Piura, es conveniente modificar uno de los lugares de cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias; el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 100-97/SUNAT; y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el lugar señalado para el anexo 7 de la tabla contenida en el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 236-2003/SUNAT, referida al lugar donde los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Piura, deben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos y realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

DEPENDENCIA ANEXO N° LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES
INTENDENCIA REGIONAL PIURA 7 Av. Bolognesi s/n, ex Edificio SEMOR, Oficina N° 101 - distrito  de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura.

Artículo 2° .- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional