ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DE INAFECTACIÓN AL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 073- 2004/SUNAT

(Publicada el 26 de marzo de 2004)

Lima, 25 de marzo de 2004

CONSIDERANDO:

Que la Quinta Disposición Final del Decreto Supremo N° 190-2003-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 030-2004-EF, señala que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT debe establecer la forma, plazo y condiciones para que los contribuyentes a quienes no les sea de aplicación el Impuesto a las Transacciones Financieras en virtud a lo establecido en leyes o normas con rango de ley cumplan con presentar una declaración jurada comunicando tal situación;

Que de conformidad con la citada Disposición Final, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación de la referida declaración y siempre que el contribuyente no tenga la condición de no habido, la SUNAT emitirá una "Constancia de presentación de la declaración jurada de inafectación";

Que, en consecuencia, resulta necesario emitir las normas que permitan la presentación de la declaración a que se refiere la Quinta Disposición Final del Decreto Supremo N° 190-2003-EF y norma modificatoria, así como el otorgamiento de la "Constancia de presentación de la declaración jurada de inafectación";

En uso de las facultades conferidas por la Quinta Disposición Final del Decreto Supremo N° 190-2003-EF y norma modificatoria, y por el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- DEFINICIONES

Para efectos de la presente resolución se entenderá por:

a)

Impuesto

:

Al Impuesto a las Transacciones Financieras.

b)

Reglamento

:

Al reglamento del Decreto Legislativo N° 939 aprobado mediante Decreto Supremo N° 190-2003-EF y normas modificatorias.

c)

Área de Servicios al Contribuyente

:

A la División, Sección o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT.

Artículo 2°.- DE LA "CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DE INAFECTACIÓN"

Los contribuyentes a quienes no les sea de aplicación el Impuesto en virtud a lo establecido en leyes o normas con rango de ley deberán presentar ante las áreas de Servicios al Contribuyente de la Intendencia u Oficina Zonal de la SUNAT que corresponda a su domicilio fiscal la documentación señalada en la Quinta Disposición Final del Reglamento.

La "Constancia de presentación de la declaración jurada de inafectación" será emitida según el modelo que se indica en el anexo 1. El contribuyente deberá presentar una copia de dicha constancia a los agentes de retención o percepción a fin de acreditar su condición.

Artículo 3°.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 041-2004/SUNAT

Sustitúyase el segundo párrafo del numeral 3.1 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 041-2004/SUNAT por el texto siguiente:

" 3.1 Por el agente de retención o percepción

(...)

A tal efecto, presentará el PDT 0695 – Impuesto a las Transacciones Financieras para declarar los conceptos señalados en el segundo y tercer párrafos del artículo 15° del Decreto, así como la relación de contribuyentes que presentaron la "Constancia de presentación de la declaración jurada de goce del beneficio de estabilidad tributaria" y la "Constancia de presentación de la declaración jurada de inafectación" a que se refieren el numeral 2 y el segundo párrafo de la Cuarta y Quinta Disposición Final del Reglamento, respectivamente."

Artículo 4°.-VIGENCIA

La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.


Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional


ANEXO 1

CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
DE INAFECTACIÓN

De conformidad con la Quinta Disposición Final del Decreto Supremo N° 190-2003-EF y norma modificatoria, la SUNAT deja constancia que el contribuyente:

Nombre, razón o denominación social ...........................................

RUC N°.....................................................

Con fecha .................. ha presentado una declaración jurada mediante la cual comunica que al amparo del artículo .............. de la (Ley / Decreto Ley / Decreto Legislativo) N° ..................... no le son aplicables los impuestos que se creen con posterioridad al .............. (dd/mm/aa), para lo cual adjuntó ............ folios.

La presente constancia se emite sin perjuicio de la facultad de fiscalización posterior de la SUNAT respecto a la autenticidad de los documentos presentados, la información contenida en ellos y a la vigencia y alcances del beneficio.

De comprobarse la falsedad de la documentación o información presentada se procederá al cobro de la deuda tributaria y al inicio de las acciones administrativas o penales que correspondan.

Ciudad,.....

Firma y sello