Legislación Tributaria
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Consultas particulares – Art 95-A Código Tributario

 

REQUISITOS MÍNIMOS 

 

El escrito debe contener:

a.- Los datos del consultante:

            Nombre y apellidos o denominación o razón social.
           

Número de RUC. El consultante no obligado a inscribirse en el RUC consignará el número de registro o identificación ante la administración tributaria de su país o, en su caso, carné de extranjería o pasaporte u otro documento que lo identifique en el país.

            Domicilio para la notificación de la respuesta, tratándose del consultante no obligado a inscribirse en el RUC. Si el consultante está inscrito en el RUC, se considerará el domicilio declarado en su Ficha RUC.
           

Nombres y apellidos del representante legal así como número de RUC o del documento de identidad, según corresponda. En el caso que se designe como representante legal a una persona jurídica, adicionalmente a la denominación o razón social de aquella y su número de RUC de corresponder, deberá comunicar los datos de la persona que ejercerá dicha representación.

 

b.- La descripción del hecho o situación concreta que origina la consulta planteada que incluye los antecedentes, formas o estructuras jurídicas de los que dependa o a los que esté asociado el tratamiento del caso planteado y demás circunstancias necesarias para el análisis de la consulta.

c.- La firma del consultante o de su representante legal.

Adicionalmente, el consultante deberá adjuntar la documentación que acredita que se encuentra dentro de la aplicación progresiva y el poder notarial inscrito en Registros Públicos del representante legal.