Estimado Contribuyente:
Recuerde que a partir del 01 de agosto del 2018, las empresas que figuren en la Lista del Anexo III (*) de la Resolución de Superintendencia N° 155-2017/SUNAT se encuentran obligadas a emitir Comprobantes de Pago Electrónicos.
Tipos de comprobantes de pago a emitir:
• Factura Electrónica
• Boleta de Venta Electrónica
• Notas de Débito y Crédito Electrónicas
(*) Anexo III: Empresas dedicadas al rubro de manufactura, construcción, hoteles y restaurantes y que tengan un ingreso anual igual o mayor a 150 UIT en el ejercicio 2016.
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