Estimado Contribuyente:
La SUNAT
pone a disposición la
Plataforma de deducción de gastos personales,
un medio para que las personas naturales puedan consultar los gastos que podrán
deducir adicionalmente a las 7 UIT, por sus rentas de trabajo (de cuarta o
quinta categoría).
Recuerde que
el monto máximo a deducir es de 3 UIT (12,150) y puede ser realizado solo en
los siguientes rubros:
·
Alquileres
de bienes inmuebles (deducción al 30%)
·
Intereses de
créditos hipotecarios de primera vivienda (deducción al 100%)
·
Médicos y
odontólogos y servicios de profesionales independientes (deducción al 30%)
·
Aportaciones a
Essalud de trabajadores del hogar (deducción al 100%)
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