COMUNICADO

Estimado Contribuyente:

La SUNAT pone a disposición la Plataforma de deducción de gastos personales, un medio para que las personas naturales puedan consultar los gastos que podrán deducir adicionalmente a las 7 UIT, por sus rentas de trabajo (de cuarta o quinta categoría).

Recuerde que el monto máximo a deducir es de 3 UIT (12,150)  y puede ser realizado solo en los siguientes rubros:

·         Alquileres de bienes inmuebles (deducción al 30%)

·         Intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda (deducción al 100%)

·         Médicos y odontólogos y servicios de profesionales independientes (deducción al 30%)

·         Aportaciones a Essalud de trabajadores del hogar (deducción al 100%)
 

Lima, 22 de Enero de 2018