COMUNICADO

Estimado(a) contribuyente:

Con Decreto Legislativo N° 1372, se aprobó la norma que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de sus beneficiarios finales y mediante Decreto supremo N° 003-2019-EF se ha regulado dicha obligación.

No obstante, se informa que mediante Resolución de Superintendencia se regulará la forma, plazo y demás condiciones que sean necesarios para la presentación de la declaración del beneficiario final.

La forma de presentación será comunicada de manera oportuna, mientras tanto no es necesario presentar información alguna sobre el beneficiario final en nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.

Lima, 10 de enero del 2019