COMUNICADO

Estimado(a) contribuyente:

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 226-2018/SUNAT y modificatorias, cuando el deudor tributario, por causas no imputables a él, no pueda presentar sus declaraciones determinativas mediante el formulario Declara Fácil 621 IGV Renta, puede utilizar para dicho efecto, el PDT 621.

En virtud a ello y considerando los inconvenientes presentados en nuestra nueva plataforma informática, podrá presentar su declaración mediante el PDT 621 a través de Mis Declaraciones y Pagos - SUNAT Operaciones en Línea.

Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión

Lima, 22 de enero del 2019