Estimado contribuyente:
La SUNAT pone a disposición la
Plataforma de deducción de
gastos personales, un medio para que las personas naturales puedan consultar los
gastos que podrán deducir adicionalmente a las 7 UIT, por sus rentas de trabajo
(de cuarta o quinta categoría).
Recuerde que el monto máximo a deducir
es de 3 UIT (S/ 12,150) y puede ser realizado solo en los siguientes rubros:
· Alquileres de bienes inmuebles (deducción al 30%)
· Intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda
(deducción al 100%)
· Médicos y odontólogos y servicios de profesionales
independientes (deducción al 30%)
· Aportaciones a Essalud de trabajadores del hogar (deducción
al 100%) |