Estimado Contribuyente:
La SUNAT viene realizando las acciones
necesarias para brindar las facilidades para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias de los contribuyentes de las zonas declaradas en emergencia por
desastres naturales, en función a la ubicación de su domicilio fiscal.
En ese sentido, ante las declaratorias de emergencia publicadas, se han
prorrogado el plazo de vencimiento para la declaración y pago de sus
obligaciones mensuales y de la declaración jurada anual y el pago del Impuesto a
la Renta 2016*.
Para consultar ingrese a los siguientes enlaces.
*Resolución de Superintendencia N° 021-2007/SUNAT
y Resolución de Superintendencia N° 220-2010/SUNAT |