COMUNICADO

Estimado Contribuyente:

La SUNAT viene realizando las acciones necesarias para brindar las facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes de las zonas declaradas en emergencia por desastres naturales, en función a la ubicación de su domicilio fiscal.

En ese sentido, ante las declaratorias de emergencia publicadas, se han prorrogado el plazo de vencimiento para la declaración y pago de sus obligaciones mensuales y de la declaración jurada anual y el pago del Impuesto a la Renta 2016*.

Para consultar ingrese a los siguientes enlaces.

*Resolución de Superintendencia N° 021-2007/SUNAT y Resolución de Superintendencia N° 220-2010/SUNAT

Lima 16 de Marzo de 2017