Estimado contribuyente:
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 226-2018/SUNAT
cuando el deudor tributario, por causas no imputables a él, no pueda presentar
sus declaraciones determinativas mediante el formulario Declara Fácil 621 IGV
Renta, puede utilizar para dicho efecto, el PDT 621.
En virtud a ello y considerando los inconvenientes presentados en nuestra nueva
plataforma informática, podrá presentar su declaración mediante el PDT 621 a
través de SUNAT Operaciones en Línea.
Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión.
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