COMUNICADO

Estimado contribuyente:

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 226-2018/SUNAT cuando el deudor tributario, por causas no imputables a él, no pueda presentar sus declaraciones determinativas mediante el formulario Declara Fácil 621 IGV Renta, puede utilizar para dicho efecto, el PDT 621.

En virtud a ello y considerando los inconvenientes presentados en nuestra nueva plataforma informática, podrá presentar su declaración mediante el PDT 621 a través de SUNAT Operaciones en Línea.

Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión.

Lima 16 de Octubre del 2018