COMUNICADO

Estimado (a) contribuyente:

La SUNAT en coordinación con los Bancos habilitados(1) pone a su disposición una nueva forma de pago de Resoluciones y Órdenes de pago; solo debe ingresar a la opción de pago de servicios en el canal de pago que el Banco habilitado implemente, ingrese su RUC, seleccione la Resolución u Orden de pago a cancelar y efectúe el pago.

Asimismo, cuando presente su declaración en la página web de SUNAT y no pueda efectuar el pago con las opciones de pago habilitadas (cargo en cuenta, cargo en cuenta de detracciones, tarjeta de crédito o débito); puede generar el Numero de Pago SUNAT (NPS) el cual ha sido optimizado siendo en determinados casos su vigencia de hasta 15 días.

(1) A la fecha el banco habilitado es el BCP

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Lima, 02 de Octubre del 2019