Estimado Contribuyente:
Con el Decreto Legislativo N° 1372, se aprobó
la norma que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos
de informar la identificación de sus beneficiarios finales.
Dicha norma entró en vigencia a partir del 03 de agosto, pero su aplicación
está supeditada a la publicación de su Reglamento que, detallará la
información que se debe recolectar, declarar y las acciones para su
implementación.
Por ello se informa que mediante Resolución de Superintendencia se
regulará la forma, plazo y demás condiciones que sean necesarios para la
presentación de la declaración del beneficiario final. La forma de presentación
será comunicada de manera oportuna, mientras tanto no debe presentarse
información alguna sobre el beneficiario final.
Disculpe las molestias generadas. |