COMUNICADO

A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

Se comunica a los operadores de comercio exterior, que con fecha 30 de marzo del 2011 se publicó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 117-2011/SUNAT/A, que modifica los procedimientos generales “Admisión temporal para Reexportación en el mismo estado” INTA-PG.04 (Versión 5) y “Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado” INTA-PG.04-A (Versión 1), con la finalidad de incorporar nuevos códigos para identificar la aplicación de normas especiales vinculadas al régimen, así como el registro en el SIGAD de la diligencia del reconocimiento físico por parte del funcionario aduanero.

La relación de los códigos que se señala en los referidos procedimientos, son los siguientes:

1  = Normal
2  = Feria
3  = Accesorios Partes y Repuestos (Art. 55 del Dec. Leg. N° 1053).
4  = Hidrocarburos
5  = Contrato con el estado,  diplomáticos y leasing
6  = Material de embalaje y acondicionamiento de mercancía para exportación
7  = Provenientes de feria
8  = Aeronaves
10 = ZOFRATACNA/CETICOS
11 = Aeronaves y material aeronáutico (Ley N° 29624)
12 = Naves (Ley N° 29475) 

Callao, 12 de Abril de 2011

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera