De
conformidad con el rubro
VII, letra C, numeral
2 del Procedimiento
Especifico “Acreditación de Capacitación de Personal Auxiliar de
Despacho IATA-PE.04
aprobado mediante Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 506-2005/SUNAT/A
y publicado en el Diario Oficial
“El Peruano” el 29 de octubre del 2005, que dispone que la
acreditación de capacitación se revalidará automáticamente cada doce meses, con la sola presentación
ante el Instituto de Administración Tributaria y Aduanera de las
copias de los certificados de actualización en Técnicas Aduaneras
realizados por dicho personal, con un mínimo de 24 horas académicas.
En tal
sentido, se recuerda al
personal auxiliar de despacho que deberán presentar directamente
ante la División de Extensión Académica
del Instituto de Administración Tributaria y Aduanera, sito
en Av. Gamarra N° 680
Chucuito-Callao, el original y una copia simple, de los
correspondientes certificados de actualización con el mínimo de
horas requeridos; para efectuar el registro
correspondiente.
Instituto
de Administración Tributaria y Aduanera
Callao,
14 de enero de 2,011
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