Se recuerda a los
agentes de carga internacional marítima autorizados para
operar por esta Administración Aduanera hasta el 31.12.2012,
en mérito al Certificado de Inscripción en el Registro
de Agentes de Carga Internacional Marítima expedido por
la Dirección General de Transporte Acuático (DGTA) del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que deberán
obtener la prórroga del plazo de vigencia del mencionado
certificado ante la DGTA y posteriormente solicitar a la
Intendencia Nacional de Técnica Aduanera (INTA) la
renovación del plazo de autorización.
A fin de atender
las solicitudes que se presenten con la emisión de la
respectiva resolución, se pone a disposición el modelo
que pueden emplear (1), el cual permitirá
atender con mayor celeridad las solicitudes de renovación
que se presenten ante la SUNAT.
Callao,
17 de diciembre 2012
Modelo
de Solicitud
Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera
(1)
Para aquellos agentes de carga internacional que no hayan
presentado aún sus solicitudes de renovación ante la
SUNAT.
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