Comunicado

 

Estimado Importador Frecuente:

 

Se hace de conocimiento la relación de los importadores frecuentes que cumplen los criterios señalados en el artículo 1° de la Resolución de Intendencia Nacional N° 007-2018-SUNAT/31000, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 018-2018-EF.

Podrán visualizar la relación ingresando Aquí o en la ruta: www.sunat.gob.pe / Aduanas / Operatividad Aduanera / Importadores Frecuentes.

De acuerdo a lo que señala el inciso a) del artículo 1 del Decreto Supremo N° 018-2018-EF, el importador frecuente seleccionado podrá gozar del beneficio de la garantía global nominal para sus despachos anticipados de importación, siempre que presente su solicitud para acreditarse como Operador Económico Autorizado.

 

 

 

Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera

 

Callao, 21 de Marzo de 2018