A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
SUSPENSIÓN DE PLAZO PARA LA DESTINACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS AL RÉGIMEN DE DEPÓSITO ADUANERO

Se comunica a los operadores de comercio exterior que aquellas mercancías que conforme al artículo 130 de la Ley General de Aduanas modificado mediante Decreto Legislativo 1433 se encuentren en abandono legal a partir del 16/03/2020, cuentan con el plazo de destinación aduanera suspendido, como consecuencia del Estado de Emergencia Nacional por graves circunstancias que afectan la vida de la Nación por el brote del COVID-19, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y 064-2020-PCM.

En ese sentido, tales mercancías podrán ser destinadas al régimen de depósito aduanero sin la necesidad de presentar eexpediente alguno solicitando la suspensión del plazo para la destinación al mencionado régimen aduanero. .

Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera

Callao, 17 de abril de 2020