Declaración del Incoterm en el Formato B de la DAM
Se comunica a los operadores de comercio exterior y proveedores de software que encontrándose vigente los Incoterms® 2020 desde el 01.01.2020, sírvanse considerar lo siguiente para efectos de la correcta declaración del Incoterm en la casilla 5.4 del Formato B de la DAM:
1.- De haberse pactado la transacción considerando los Incoterms® 2020, declarar como versión del Incoterm el código 4 correspondiente a los Incoterms® 2020.
2.- Si la transacción fue pactada empleando el Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded) y en tanto se realicen las adecuaciones informáticas para su incorporación en las tablas del Formato B, declarar el Incoterm DAT como su equivalente en la casilla 5.4 del Formato B y declarar el Incoterm correcto (DPU) en la casilla 5.20 Observaciones.
Las consultas al respecto pueden ser remitidas a los siguientes correos electrónicos: larroyoo@sunat.gob.pe o valoracion@sunat.gob.pe.
División de Valoración
Gerencia de Técnica Aduanera
Callao, 21 de enero del 2020
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