Declaración del Incoterm en el Formato B de la DAM

Se comunica a los operadores de comercio exterior y proveedores de software que encontrándose vigente los Incoterms® 2020 desde el 01.01.2020, sírvanse considerar lo siguiente para efectos de la correcta declaración del Incoterm en la casilla 5.4 del Formato B de la DAM:

 

1.- De haberse pactado la transacción considerando los Incoterms® 2020, declarar como versión del Incoterm el código 4 correspondiente a los Incoterms® 2020.

 

2.- Si la transacción fue pactada empleando el Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded) y en tanto se realicen las adecuaciones informáticas para su incorporación en las tablas del Formato B, declarar el Incoterm DAT como su equivalente en la casilla 5.4 del Formato B y declarar el Incoterm correcto (DPU) en la casilla 5.20 Observaciones.

 

Las consultas al respecto pueden ser remitidas a los siguientes correos electrónicos: larroyoo@sunat.gob.pe o valoracion@sunat.gob.pe. 

División de Valoración

Gerencia de Técnica Aduanera

Callao, 21 de enero del 2020