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Consideraciones generales

  • La exportación no está gravada con tributo alguno.
  • Debe contratar los servicios de un Agente de aduana el cual solicitará la numeración de la Declaración Aduanera de Mercancías, puedes consultar los agentes de aduana autorizados la sección Operador de Comercio Exterior (OCE).
  • Puedes realizar el embarque directo de mercancía especial (aquella que por su naturaleza o condición, requiere un tratamiento logístico diferenciado) desde el local que designe el exportador, siempre y cuando cumpla con los requisitos de infraestructura necesarios para el reconocimiento físico en caso la declaración sea seleccionada a canal rojo.
  • No procede la exportación definitiva de mercancías prohibidas.
  • La exportación de mercancías restringidas está sujeta a la presentación de autorizaciones según corresponda. Puedes conocer más acerca de estas mercancías puedes ingresar al siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/procAsociados/despa-pe.00.06.htm