Inicio | Orientación Aduanera | Incentivos Migratorios

Tamaño de Texto:

Incentivos Migratorios

La LEY DE INCENTIVOS MIGRATORIOS, tiene como finalidad promover el retorno de los peruanos del extranjero para dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales, estableciendo incentivos y acciones que propicien su regreso para contribuir a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria, tales como el ingreso liberado del pago de todo tributo de sus bienes al país.

Pueden acogerse a los incentivos migratorios, las personas de nacionalidad peruana que hayan permanecido en el extranjero no menos de cinco (05) años y que retornen para establecerse en el país por un tiempo no menor a cinco (05) años, y dedicarse a actividades profesionales, oficio y/o empresariales.

Los beneficiarios de los incentivos migratorios, deberán contribuir a generar empleo productivo y a una mayor recaudación tributaria. Pueden también acogerse a esta norma aquellos que vienen a trabajar como dependientes de un empleador siempre que demuestren que para el ejercicio de la actividad a desarrollar generarán empleo.

BENEFICIOS

Las personas que se acogen a esta Ley y cumplan con los requisitos establecidos, podrán internar al país liberado del pago de todo tributo su menaje de casa, un vehículo y sus instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital nuevos o usados que se utilizaran en el proyecto a desarrollar.

PLAZO

Mediante la Ley N° 29508, se prorroga la vigencia de la Ley N° 28182 hasta el 13.03.2013.

 

Actualizado: 10.03.11

 

 

 

 

Enlaces de Interes

Gobierno del Perú

Portal del estado peruano

Atención Virtual

Central de Consultas

  • 0-801-12-100
    A nivel nacional
    (Costo de Llamada Local)
  • 315-0730
    Llamadas desde Lima
sunat

Oficina Principal:
Av. Garcilaso de la Vega 1472, Lima 1

1997 - 2010 SUNAT Todos los Derechos Reservados