SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
“INTENDENCIA
REGIONAL TACNA”
RELACIÓN
DE CONTRIBUYENTES NO HABIDOS A LOS QUE
LA SUNAT HA
CAMBIADO EL ESTADO DE INSCRIPCIÓN DE SU RUC AL DE BAJA DE INSCRIPCIÓN DE
OFICIO
(Fecha
de publicación 14/07/2014)
Relación de contribuyentes No
Habidos a quienes
la SUNAT
ha cambiado el estado de inscripción de su RUC al de Baja de Inscripción de
Oficio, según lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 6º, del Decreto
Legislativo Nº 943, Artículos 9º y 26º de
la Resolución
de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y que conforme a lo dispuesto en el
numeral 2 del inciso e) del Artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el
Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación su
nueva condición en el Registro Único de Contribuyentes. A fin de regularizar
su situación deberán apersonarse al Centro de Servicios al Contribuyente más
cercano a su domicilio.
Si requiere que su RUC recupere la
condición de Activo, deberá regularizar las obligaciones tributarias que se
encuentren pendientes y/o realizar el trámite de Reactivación de acuerdo con
el procedimiento Nº 2 del TUPA de
la SUNAT.
Los contribuyentes a los que
la SUNAT
ha variado el estado de inscripción de su RUC al de Baja de Inscripción de
Oficio, no podrán solicitar Autorización de Impresión de Comprobantes de
Pago.
Ver archivo
Para
mayor información puede ingresar a la opción “Consulta de RUC”,
del Portal de
la
SUNAT (www.sunat.gob.pe).