SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

(Publicado en la página Web el 16.08.04)

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con D.S. N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, y de acuerdo a lo establecido por el artículo 16° de la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo N° 809, la SUNAT cumple con NOTIFICAR los siguientes actos resolutivos y sus correspondientes liquidaciones de cobranza mediante su publicación en la Página WEB de SUNAT, a los deudores tributarios incluidos en la relación que a continuación se detalla, debiendo apersonarse a recabar sus documentos en la Av. Gamarra 680 – Chucuito – Callao.

El Deudor Tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona Jurídica u otro tipo de deudor, carta de autorización firmada por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

NOTIFICACIÓN DE ADEUDOS

DOC. DE IDENTIDAD N°

CONTRIBUYENTE

DOCUMENTO DETERMINACION

NRO. DE L/C

CONCEPTO

MONTO

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Int. N° 0213-2004

000-2004-009920

Reembolso de lo indebidamente restituido (Régimen DRAWBACK)

S/. 2,712.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Int. N° 0213-2004

000-2004-009921

Reembolso de lo indebidamente restituido (Régimen DRAWBACK)

S/. 2,480.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Int. N° 0213-2004

000-2004-009922

Reembolso de lo indebidamente restituido (Régimen DRAWBACK)

S/. 2,501.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Int. N° 0213-2004

000-2004-009923

Reembolso de lo indebidamente restituido (Régimen DRAWBACK)

S/. 2,075.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Int. N° 0213-2004

000-2004-009924

Reembolso de lo indebidamente restituido (Régimen DRAWBACK)

S/. 2,618.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Ger. N° 0220-2004

000-2004-009926

Multa por consignar Datos Falsos en la Solicitud de Restitución

S/. 5,424.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Ger. N° 0220-2004

000-2004-009927

Multa por consignar Datos Falsos en la Solicitud de Restitución

S/. 4,960.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Ger. N° 0220-2004

000-2004-009928

Multa por consignar Datos Falsos en la Solicitud de Restitución

S/. 5,002.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Ger. N° 0220-2004

000-2004-009929

Multa por consignar Datos Falsos en la Solicitud de Restitución

S/. 4,150.00

RUC 20472911351

FRUPEK PERU S.A.C.

Res. Ger. N° 0220-2004

000-2004-009930

Multa por consignar Datos Falsos en la Solicitud de Restitución

S/. 5,236.00

 

FORMALIZACION DE ADEUDOS NOTIFICADOS

DOC. DE IDENTIDAD N°

CONTRIBUYENTE

DOCUMENTO

Nº L/C

RESUELVE

RUC. 20325655144

MAESHIRO S.R.LTDA.

NOTIFICACIÓN Nº 000-3B2400-2003-000412

000-2003-019336

R.I. SUNAT Nº 000 ADF/2003-00682 del 05.DIC.2003 resuelve Convalidar el Ajuste de Valor efectuado sobre la mercancía declarada con P.I. Nº 172-97-026452, y otorgar plazo de 20 días a fin que pueda hacer uso de su derecho de defensa; asimismo resuelve Modificar el Cargo Nº 337-99 dejando sin efecto la L/C 000-1999-1205, debiendo emitirse una nueva por el monto de US$ 121.00 (L/C 000-2003-019336).