SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
(Fecha de Publicación: 12/06/2008)
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con D.S. N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, la SUNAT cumple con NOTIFICAR la presente publicación en la Página WEB de SUNAT, a los deudores tributarios que a continuación se detallan, debiendo apersonarse a recabar sus documentos en la Av. 28 de Julio N° 800 (Esquina Con Av. Garcilaso De La Vega), Lima.
El Deudor Tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona Jurídica u otro tipo de deudor, carta de autorización firmada por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
COMUNICACIÓN DE RESULTADO DE REQUERIMIENTO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
CONTRIBUYENTE |
DOCUMENTO |
CONTENIDO |
RUC 20527495815 |
VIVERO COMERCIAL E.I.R.L. |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO Nº 710-2008-SUNAT/ 3B2300 del 11/11/2008 |
Por intermedio de la presente, se hace de su conocimiento el cierre del Primer Requerimiento N° 525-2008-SUNAT/3B2300, debiéndose señalar que su representada NO CUMPLIÓ con exhibir en su domicilio fiscal la documentación comercial, aduanera y contable que se detalla a continuación:
Adicionalmente a lo solicitado en el numeral anterior y previa coordinación con el Auditor responsable se deberá adjuntar además, los Anexos pertinentes que permitan identificar claramente el (los) registro(s) de las adquisiciones en la contabilidad (relacionados a las declaraciones de importación materia de la presente fiscalización) desde la provisión hasta la cancelación a sus proveedores y cualquier operación vinculada a las mismas.
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COMUNICACIÓN DE DUDA RAZONABLE
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
CONTRIBUYENTE |
DOCUMENTO |
CONTENIDO |
RUC 20527495815 |
VIVERO COMERCIAL E.I.R.L. |
REQUERIMIENTO Nº 711 -2008-SUNAT/ 3B2300 del 11/06/2008 |
Por intermedio de la presente y en atención al documento de la referencia, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 7º del TUO de la Ley General de Aduanas, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 129-2004-EF, concordado con el Artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N º 135-99-EF, le comunica lo siguiente:
Asimismo, de la revisión de la base de datos de SUNAT (SIVEP) se ha verificado la existencia de valores de transacción de mercancías idénticas o similares superiores a las declaradas por su representada, las mismas que se detallan en el Anexo Único adjunto a la presente. En tal sentido, queda notificado para que en el plazo de CINCO (05) días hábiles, sustente o proporcione información complementaria, así como los documentos y otras pruebas que acrediten que el valor declarado representa el pago total realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas, de conformidad con las disposiciones del Artículo 8 del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC. Si la documentación requerida no fuese entregada en el plazo concedido, esta no se admitirá como medio probatorio de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 141 del TÚO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953. |