SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

(Fecha de Publicación: 12/06/2008)

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con D.S. N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, la SUNAT cumple con NOTIFICAR la presente publicación en la Página WEB de SUNAT, a los deudores tributarios que a continuación se detallan, debiendo apersonarse a recabar sus documentos en la Av. 28 de Julio N° 800 (Esquina Con Av. Garcilaso De La Vega), Lima.

El Deudor Tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona Jurídica u otro tipo de deudor, carta de autorización firmada por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

COMUNICACIÓN DE RESULTADO DE REQUERIMIENTO

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

CONTRIBUYENTE

DOCUMENTO

CONTENIDO

RUC 20527495815

VIVERO COMERCIAL E.I.R.L.

RESULTADO DE REQUERIMIENTO Nº

710-2008-SUNAT/

3B2300 del

11/11/2008

Por intermedio de la presente, se hace de su conocimiento el cierre del Primer Requerimiento N° 525-2008-SUNAT/3B2300, debiéndose señalar que su representada NO CUMPLIÓ con exhibir en su domicilio fiscal la documentación comercial, aduanera y contable que se detalla a continuación:

1. Testimonio de Escritura de Constitución, modificación de estatutos y/o ficha registral actualizada, Libro de Actas de Junta de Accionistas, Libro de Actas de Directorio, libro de Matrícula de Acciones (antes Libro de Registro y Transferencia de Acciones.
2. Contratos diversos celebrados con sus proveedores u otras empresas del exterior (ejemplo: regalías, comisiones, representación, distribución, llave en mano). Traducción al español en caso que los Contratos se encuentren en otro idioma.
3. Relación de Proveedores extranjeros indicando: Nombre o Razón social, Dirección, teléfono, fax, e-mail, página WEB, representante en el Perú, mercancía comercializada, tipo de vinculación y Lista de Precios (Declaración Jurada de no tener vinculación.
4. Diagrama de Flujo de la Importación.
5. Copia de los Soporte magnéticos de sus operaciones contables (Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Caja y Bancos, Libro Diario y Mayor) del año 2006 y 2007;

Adicionalmente a lo solicitado en el numeral anterior y previa coordinación con el Auditor responsable se deberá adjuntar además, los Anexos pertinentes que permitan identificar claramente el (los) registro(s) de las adquisiciones en la contabilidad (relacionados a las declaraciones de importación materia de la presente fiscalización) desde la provisión hasta la cancelación a sus proveedores y cualquier operación vinculada a las mismas.

6. Plan Contable de la Empresa y Análisis de las cuentas de la clase 6 y 7 y la Cuenta 42.- Proveedores a 3 dígitos.
7. Relación de Comisionistas de Compra y Venta, detallando porcentaje, base de cálculo, forma de pago, Cuenta Contable en que se registran (Declaración Jurada de no contar con estos).
8. Declaración Únicas de Aduanas Ns° 235-2006-10-119971 (Series 3, 4,5), conjuntamente con la documentación detallada a continuación:

8.1. Orden de Compra/ Nota de Pedido/ Proforma/ Confirmación (si forman parte de la C/V).
8.2. Factura Comercial.
8.3. Conocimiento de Embarque (B/L) , (Guía Aérea), (Carta Porte).
8.4. Póliza de Seguro.
8.5. Certificado de Origen.
8.6. Lista de Empaque (P/L).
8.7. Comprobante de Pago (Venta sucesiva)
8.8. Documento Cancelatorio (Carta de crédito, Solicitud de Transferencia Bancaria, Nota de Débito que compruebe el cargo en cuenta, Comprobante de Ingreso de caja en los casos de entrega en efectivo al banco, etc).
8.9. Carta Fianza.
8.10. Autorizaciones Especiales según la naturaleza de la mercancía : DIGESA, DIGEMID, DISCAMEC, etc.

9. Los siguientes Registros y Libros Contables y la documentación sustentatoria (Periodo 2006 y 2007).

9.1. Registro de Compras
9.2. Registro de Ventas e Ingresos
9.3. Libro de Inventarios y Balances
9.4. Libro Diario
9.5. Libro Mayor
9.6. Libro Caja y Bancos
9.7. Registro de Inventario Permanente en Unidades
9.8. Registro de Inventario Permanente Valorizado
9.9. Registro de Costo
9.10. Registro de Activos Fijos
9.11. Registro de Consignación

10. Estados de cuenta corriente y de ahorro que posee la empresa ordenados por entidad bancaria y/o financiera en forma cronológica (Periodo 2006 y 2007).

11. Declaraciones de la Autorización de Impresión de Comprobantes de Pago y talonarios de comprobantes de pago en uso.

12. Formulario entrevista,

COMUNICACIÓN DE DUDA RAZONABLE

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

CONTRIBUYENTE

DOCUMENTO

CONTENIDO

RUC 20527495815

VIVERO COMERCIAL E.I.R.L.

REQUERIMIENTO Nº

711 -2008-SUNAT/

3B2300 del

11/06/2008

Por intermedio de la presente y en atención al documento de la referencia, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 7º del TUO de la Ley General de Aduanas, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 129-2004-EF, concordado con el Artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N º 135-99-EF, le comunica lo siguiente:

  1. La Administración tributaria comunicó el inicio de las acciones de fiscalización a su representada mediante la Carta de Presentación N° 328-2008-SUNAT/3B2000 de fecha 09.05.2008, la misma que fue publicada en la Página Web de la SUNAT con fecha 30.05.2008 al tener la condición de No Habido, concediéndole CINCO (05) días hábiles para la presentación de la documentación solicitada mediante el Primer Requerimiento N° 525-2008-SUNAT/3B2300 de fecha 12.05.2008 adjunta a la indicada Carta de Presentación..
  2. De conformidad con el Artículo 11º del Reglamento para Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC (vigente en su fecha) aprobado por Decreto Supremo Nº186-99-EF, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 203-2001-EF, se ha establecido la DUDA RAZONABLE sobre el valor de aduana consignado en la DUA N° 235-2006-10-119971 (Series 3,4,5), debido a que su representada dentro del plazo otorgado no ha cumplido con presentar la documentación comercial y contable que sustente dichos valores, solicitada mediante el Primer Requerimiento N° 525-2008-SUNAT/3B2300 de fecha 12.05.2008, la misma que fue publicada en la Página Web de la SUNAT con fecha 30.05.2008.

Asimismo, de la revisión de la base de datos de SUNAT (SIVEP) se ha verificado la existencia de valores de transacción de mercancías idénticas o similares superiores a las declaradas por su representada, las mismas que se detallan en el Anexo Único adjunto a la presente.

En tal sentido, queda notificado para que en el plazo de CINCO (05) días hábiles, sustente o proporcione información complementaria, así como los documentos y otras pruebas que acrediten que el valor declarado representa el pago total realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas, de conformidad con las disposiciones del Artículo 8 del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC.

Si la documentación requerida no fuese entregada en el plazo concedido, esta no se admitirá como medio probatorio de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 141 del TÚO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953.