SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA
NOTIFICACIÓN COACTIVA
(Fecha de publicación en la página web 24.08.09)
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104º inciso e) y artículo 116º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado por Decreto Legislativo Nº 953 y demás normas y el artículo 5º del Reglamento de Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT publicado el 25.09.2004, cumple con NOTIFICAR al deudor tributario SATURNINO FILOMENO QUISPE, la RESOLUCIÓN Nº 000-2009-08 de la Ejecutoria Coactiva de la IFGRA en el siguiente sentido: VISTOS: El procedimiento de cobranza coactiva seguido con EXP. COAC. N° 000636-2002/ADARRC contra el deudor tributario SATURNINO FILOMENO QUISPE ANGULO identificado con RUC N° 10200007099, y las siguientes Resoluciones Coactivas:
CONSIDERANDO: Que, a la Resolución Coactiva signada con el N° 000-2006-03/EXP. COAC. N° 000636-2002/ADARRC de fecha 11 de Abril del 2006, le corresponde como número de orden correlativo el N° 000-2007-04/EXP. COAC. N° 000636-2002/ADARRC; en consecuencia debe correr el número correlativo de las Resoluciones Nros. 000-2007-04, 000-2007-05, y 000-2008-06 /EXP. COAC. N° 000636-2002/ADARRC, a las que les corresponde como número de orden correlativo el N° 000-2007-05, 000-2007-06, y 000-2008-07/EXP. COAC. N° 000636-2002/ADARRC y siendo la facultad de la Administración Tributaria modificar errores materiales de redacción, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del primer párrafo del artículo 108 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. N° 135-99-EF y sus modificatorias, corresponde la corrección de las misma; SE RESUELVE.- MODIFÍQUENSE las RESOLUCIONES COACTIVAS NROS:
DONDE DICE: RESOLUCIÓN COACTIVA DEBE DECIR:
Conservándose dichas resoluciones en lo demás que contienen.
Cualquier información, el deudor podrá apersonarse a la Ejecutoría Coactiva de IFGRA de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, ubicada en Av. Gamarra Nro. 680, Chucuito, La Punta Callao, teléfono 2195150 - 2190460 – anexos 20113 – 20107.