SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA
NOTIFICACIÓN COACTIVA
(Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06.11.09)
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo II, art. 20 numeral 2,1.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 27444 cumple con notificar el contenido de la Resolución Nº 000-2006-02 correspondiente a la Agencia de Aduana URPHY S.A.., debiendo apersonarse a recabar sus documentos en la Av. Gamarra No. 680, Chucuito, Callao.
RESOLUCIÓN COACTIVA Nº 000-2009-002
DEUDOR TRIBUTARIO : URPHY S.A. AGENTES DE ADUANA.
NRO. DE RUC : 4-20213521366
DOMICILIO FISCAL : AV. ALMTE. MIGUEL GRAU 952 INT. 312, PROV. CONS. CALLAO, CALLAO
EXPEDIENTE NÚMERO : 000-2008-318
AUXILIAR COACTIVO : BETZABE SALDARRIAGA PALACIOS.
ENTIDAD : SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS
PUBLICOS, REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR.
DOMICILIO FISCAL : JR. HUASCAR 1584, JESUS MARIA
Lima, 21 de Abril del 2009
Que, no habiendo el deudor tributario URPHY S.A. AGENTES DE ADUANA cumplido con cancelar la deuda materia del presente procedimiento, la cual incluye los intereses moratorios que se devenguen hasta la total cancelación de la deuda , las costas procesales y los gastos administrativos; y haciéndose efectivo el apercibimiento notificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º y art. 33º inc c) de la Ley de Ejecución Coactiva Ley 26979 , trábese EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUN CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,521.00) sobre el vehículo que a continuación se detalla, de propiedad del deudor tributario, debiéndose para el efecto cursar por duplicado los partes correspondientes para su respectiva anotación.
OFICIESE al Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima y a la División de Policía de Tránsito para la captura de los vehículos antes citados. REMITASE la presente resolución para su respectiva anotación. De conformidad con el artículo 11° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, SE AVOCA a conocimiento quien suscribe, ratificando al auxiliar que interviene. Una firma de la Ejecutora Coactiva Sede Chucuito, María Rosa Simón Marcelo y otra del Auxiliar Coactivo de la cual doy fe.