SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO

Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 24.04.07)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 809, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115° del Texto Único Ordenado del Código Tributario:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de Determinación

Liquidación de Cobranza

Concepto

Monto

RUC 20302888401

KEYSTONE DISTRIBUTION PERÚ SAC

Resolución Directoral Nº 118-3D1000-2007-00040

118-2007-034347

Multa

S/. 2,015.00

Acumular Expedientes 118-2004-018091-6 y 118-2004-018221-8, por tener conexión entre sí.

Declarar improcedente los desistimientos presentados

Declarar FUNDADA EN PARTE la reclamación interpuesta contra la Resolución Jefatural de División Nº 118-0152-2003-000242. Fundada en el extremo de no computarse los días transcurridos entre el 20/ago/2003 al 05/feb/2004, emitiendo una nueva liquidación de cobranza y considerándose como pago a cuenta el efectuado mediante Liquidación de Cobranza Nº 118-2004-021040

RUC 20417876864

TUERCAS INTERNACIONAL S.R.L.

Informe Nº 211-2007-SUNAT-3D1310

DUA 118-2006-10-194311

118-2007-043230

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 854.00

RUC 10103310348

LUDEÑA JIMÉNEZ, HILDA

Informe sobre Valor Declarado Nº 118-3D1310-2007-00180

DUA 118-2003-10-089788

118-2007-036317

Duda Razonable

US$ 2,274.00

RUC 20377094337

CORPORACIÓN CRONOS S.R.LTDA.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2007-00184

118-207-021664

Multa

US$ 336.00

Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2003-0101-00127

RUC 20417876864

TUERCAS INTERNACIONAL S.R.L.

Informe Nº 213-2007-SUNAT-3D1310

DUA 118-2006-10-194318

118-2007-043299

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 1,007.00

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 854.00

RUC 20417876864

TUERCAS INTERNACIONAL S.R.L.

Informe Nº 214-2007-SUNAT-3D1310

DUA 118-2006-10-194310

118-2007-043324

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 854.00

RUC 20417876864

TUERCAS INTERNACIONAL S.R.L.

Informe Nº 216-2007-SUNAT-3D1310

DUA 118-2006-10-194312

118-2007-043354

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 854.00

RUC 20417876864

TUERCAS INTERNACIONAL S.R.L.

Informe Nº 217-2007-SUNAT-3D1310

DUA 118-2006-10-194299

118-2007-043382

Al no desvirtuar duda razonable

US $ 1,469.00

NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de Determinación

Determinación

RUC 20390273305

TRANSPORTE AÉREO REGIONAL S.A.

P.I.T. Nº 118-2001-3D1600-000276

Por la presente se otorga el plazo de tres días, contados a partir del día siguiente de publicada la presente, para que se sirvan remitir el Cuadro Consolidado de Operaciones previamente conciliado con el SIGAD, correspondiente a la DUA 18-2001-20-276, la cual se venció el 06/abril/2005. Al término del plazo otorgado se aplicarán las sanciones que la Ley establece, toda vez que presenta saldos pendientes.

RUC 10077772681

ADELA ANCCO PÉREZ

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00206

Expediente Nº 000-TI00001- 2006-146894-6

Mediante la presente, se le comunica que Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializado en Delitos Aduaneros del Distrito Judicial de Lima (Ingreso Nº 161-2005) relacionado con la intervención policial en la Garita de Pucusana al camión de Placa ZH-3053, en donde se incautó mercancía de procedencia extranjera sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de cinco (05) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

RUC 10405833927

RAÚL MAMANI CONDORE

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00207

Expediente Nº 000-TI0001-2006-146894-6

Mediante la presente, se le comunica que Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializado en Delitos Aduaneros del Distrito Judicial de Lima (Ingreso Nº 161-2005) relacionado con la intervención policial en la Garita de Pucusana al camión de Placa ZH-3053, en donde se incautó mercancía de procedencia extranjera sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de cinco (05) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

DNI 07512512

JUAN CHOQUE ACOSTUPA

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00208

Expediente Nº 000-TI00001- 2006-146894-6

Mediante la presente, se le comunica que Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializado en Delitos Aduaneros del Distrito Judicial de Lima (Ingreso Nº 161-2005) relacionado con la intervención policial en la Garita de Pucusana al camión de Placa ZH-3053, en donde se incautó mercancía de procedencia extranjera sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de cinco (05) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Administración Aduanera, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

DNI 29533543

RENÉ ALFREDO HUAMÁN ARREDONDO

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00210

Expediente Nº 000-TI00001- 2006-170617-8

Mediante la presente, se le comunica que Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializado en Delitos Aduaneros del Distrito Judicial de Lima (Ingreso Nº 08B-2006) relacionado con la intervención policial en la Garita de Pucusana al ómnibus de la empresa de transportes JACAMBUS de Placa UH-2569, en donde se incautó mercancía de procedencia extranjera sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de cinco (05) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

DNI 40498677

WILBER ADOLFO FRISANCHO ORTIZ

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00216

Atestado 371-03-DIRPOFIS- PNP-DIVIDA

Mediante la presente, se le comunica que Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializado en Delitos Aduaneros del Distrito Judicial de Lima (Ingreso Nº 08B-2006) relacionado con la intervención policial en la Garita de Pucusana al ómnibus de la empresa de transportes JACAMBUS de Placa UH-2569, en donde se incautó mercancía de procedencia extranjera sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de cinco (05) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

DNI 01851241

JUAN CARLOS MAMANI MAMANI

Notificación Nº 118-3D1100-2007-00217

Atestado 178-04-DIRPOFIS- PNP-DIVIDA-DEPIDC

Mediante la presente, se le comunica en su calidad de representante legal de la empresa IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES J& O S.R.L. que esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando los actuados remitidos por la 52º FPLP, (Ingreso Nº 582-04) relacionado a la intervención realizada por la Policía Fiscal al camión de Placa XU-4767 a la altura del Km. 53 de la Panamericana Sur, donde se incautó mercancía de procedencia extranjera consistente en tela polar, sin documentación que acrediten la procedencia e ingreso legal al país. En tal sentido, se le otorga el plazo de tres (03) días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, la documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A.

DNI 01858722

LIDIA TONCONI CRUZ

Notificación Nº 118-3D1100-2007-000195

Acta Incautación Nº 022-06-DIRPOFIS- PNP-DIVIDA

La Intendencia de Aduana Marítima del Callao viene evaluando el caso relacionado a la intervención policial en la Zona de Estacionamiento Táctico de Pucusana, se intervino entre otros el ómnibus de la Empresa de Transportes JACAMBUS S.A.C. de placa UH-2569, encontrándose en una de sus bodegas mercancías de procedencia extranjera consistente en toallas de diversos colores y diseños de su propiedad; sin documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país, por lo que en mérito a lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral A6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT/A, se le otorga el plazo de 05 cinco días contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación, para que presente a esta Intendencia de Aduana Marítima del Callao, Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao, una lista detallada y completa la mercancía que le fue incutada, consignándose los siguientes datos: Unidades de Mercancías, Tipo de Artículo, Marca, Modelo, etc., documentos que sustenten la adquisición para lo cual se adjunta al presente, a modo de ejemplo un modelo del Cuadro denominado: " LISTA DETALLADA DE MERCANCÍAS":

Cantidad

Tipo de artículo

M b arca

Modelo

Serie

Nº de Factura

Fecha

Proveedor (DUA detallar el ítem)

RUC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOTIFICACION DE ABANDONO LEGAL

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en aplicación con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256, cumple con NOTIFICAR a los consignatarios de las mercancías en situación de ABANDONO LEGAL, incluida en la relación que a continuación se detalla, para que en el término de cinco (05) días de publicada la presente soliciten la nacionalización de dichos bienes, caso contrario, se procederá a su Adjudicación o Remate de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 92° 93° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por D. Supremo Nº 129-2004-EF y los Artículos 144° 147° del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada por D.S. Nº 11-2005-EF.

MANIFIESTO

B/L

TERMINAL

CONSIGNATARIO

DESCRIPCIÓN

2006-2567

OEH4306

SAKJ DEPOT

MARION MESZAROS PEREZ ACUÑA

(01) REFRIGERADORA M/GENERAL ELECTRICS USADA; (01) REFRIGERADORA M/FRIGIDAIRE USADA