SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO
NOTIFICACIÓN
Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 25/10/2007)
(Publicado como reposición en el diario "El Peruano" el día 06/12/2007)
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NOTIFICACION Nº 118-3D1310-2007-004317-SUNAT
DUA OBSERVADA DUA Nº 118-2004-10-015577 INDICADOR DE PRECIOS Item del formato "B" / D.S.I. Valor FOB Unitario declarado US $ Indicador de precios (DUA/Factura, listas de precios, página web, etc.) N° de item del Indicador (de corresponder) Valor FOB Unitario del Indicador US $ 11 3.705412 172-03-10-025801 20 9.00
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NOTIFICACION Nº 118-3D1310-2007-004396-SUNAT
DUA OBSERVADA DUA Nº 118-2004-10-057623 INDICADOR DE PRECIOS Item del formato "B" / D.S.I. Valor FOB Unitario declarado US $ Indicador de precios (DUA/Factura, listas de precios, página web, etc.) N° de item del Indicador (de corresponder) Valor FOB Unitario del Indicador US $ 01 1.25 118-03-10-122954 3 1.34 02 1.30 118-03-10-122954 4 1.40 03 1.40 118-03-10-122954 5 1.55
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NOTIFICACION Nº 118-3D1310-2007-004718-SUNAT
DUA OBSERVADA INDICADOR DE PRECIOS Item del formato "B" DUA 118-2004-10-065013 Valor FOB Unitario declarado US $ Indicador de precios (DUA/Factura, listas de precios, página web, etc.) N° de item del Indicador (de corresponder) Valor FOB Unitario del Indicador US $ 01 140 118-2003-10-145905 118-2004-10-002153 01 01 230.00 230.00
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NOTIFICACION Nº 118-3D1310-2007-004790-SUNAT
DUA OBSERVADA INDICADOR DE PRECIOS Item del formato "B" DUA 118-2004-10-071727 Valor FOB Unitario declarado US $ Indicador de precios (DUA/Factura, listas de precios, página web, etc.) N° de item del Indicador (de corresponder) Valor FOB Unitario del Indicador US $ 01 140 118-2003-10-145905 118-2004-10-002153 01 01 230.00 230.00
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NOTIFICACIÓN DE ABANDONO LEGAL
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en aplicación con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256, cumple con NOTIFICAR a los consignatarios de las mercancías en situación de ABANDONO LEGAL, incluida en la relación que a continuación se detalla, para que en el término de cinco (05) días de publicada la presente soliciten la nacionalización de dichos bienes, caso contrario, se procederá a su Adjudicación o Remate de conformidad a lo dispuesto en los Artículo 85, 88 , 92 y 93° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por D. Supremo Nº 129-2004-EF y el Artículo 144, 147° del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada por D.S. Nº 11-2005-EF.
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MANIFIESTO |
B/L |
TERMINAL |
CONSIGNATARIO |
DESCRIPCIÓN |
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544-2007 |
09-684324 |
ALSA |
JOSE LUIS ALBARRACIN |
MAQUINARIA |
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118-2005-12 |
SMH0411112 |
MAERSK-ALCONSA |
MANSUNG E.I.R.L. |
ROLLOS DE TELA 100% POLYESTER |
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118-2006-1482 |
SCL568 |
MAERSK-ALCONSA |
ANALCO S.A. SUCURSAL PERÚ |
ROLLOS DE CUERO SINTÉTICO |
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0212-2006 |
CLAN-MEMO01 |
ENAPU |
CROSS FREIGHT |
BOMBA PARA LIQUIDO |
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1865-2006 |
MSCUCD225003 |
LICSA |
Asociación YACHACHIG |
Prendas de vestir, libros, juguetes |
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1218-2007 |
MSCUCD277383 |
LICSA |
Asociación YACHACHIG |
Prendas de vestir, material informático |
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1442-2007 |
MSCUCD293050 |
LICSA |
Asociación YACHACHIG |
Prendas de vestir, material informático |
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 809, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115° del Texto Único Ordenado del Código Tributario:
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Documento de Identidad |
Deudor |
Documento de Determinación |
Concepto |
Liquidación Cobranza |
Importe |
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RUC 10156279248 |
CRUZ TRUJILLO, LEÓN ADRIANO |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2007-001535 |
Multa |
118-2007-130909 |
US $ 180.00 |
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. Decreta el Comiso Administrativo de las mercancías ingresadas a la Gerencia de Almacenes de Aduana de Santa Anita, mediante Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2007-000075 e ingresada al módulo de SIGEDA mediante Acta Nº 118-0400-AC-2007-00040 |
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RUC 20504906613 |
CORPORACIÓN EL PILAR S.A.C. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2007-000377. Declaración Provisional de Exportación Nº 118-2006-40-057373 |
Multa |
118-2007-122614 |
US $ 1 700.00 |
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RUC 20504906613 |
CORPORACIÓN EL PILAR S.A.C. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2007-000380. Declaración Provisional de Exportación Nº 118-2006-40-065062 |
Multa |
118-2007-122641 |
US $ 1 700.00 |
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RUC 20504906613 |
CORPORACIÓN EL PILAR S.A.C. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2007-000379. Declaración Provisional de Exportación Nº 118-2006-40-060536 |
Multa |
118-2007-122632 |
US $ 1 700.00 |
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RUC 20504906613 |
CORPORACIÓN EL PILAR S.A.C. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2007-000378. Declaración Provisional de Exportación Nº 118-2006-40-055524 |
Multa |
118-2007-122627 |
US $ 1 700.00 |
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RUC 20254246116 |
EDITORA DOC S.A. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1600-2007-000104 PIT 118-1996-20-97 |
Multa |
118-2007-174739 |
US $ 18,067.00 |
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RUC 10017727571 |
QUISPE DE AROCUTIPA, SIMONA |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2007-001518 |
Multa |
118-2007-129835 |
US $ 180.00 |
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Decreta el Comiso Administrativo de la mercancía ingresada a los Almacenes de Aduana de Santa Anita con Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000190 ( Acta de Incautación Nº 118-0400-AC-2006-0000195) |
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NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:
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Documento de Identidad |
Deudor |
Documento de Determinación |
Determinación
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RUC 20108779978 |
ATLANTIDA DISTRIBUCIONES GENERALES S.A. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2007-001363 |
Exclúyase a la Agencia de Aduana ALBERTO LYNCH S.A. AGENTES AFIANZADOS DE ADUANAS, como responsable solidario del adeudo contenido en la Liquidación de Cobranza Nº 118-1996-003665. En consecuencia, la cobranza del adeudo contenido en la Liquidación de Cobranza Nº 118-1996-003665 debe dirigirse sólo contra el comitente ATLANTIDA DISTRIBUCIONES GENERALES S.A.. |
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RUC 20101042201 |
ALBERTO LYNCH S.A. AGENTES AFIANZADOS DE ADUANAS |
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RUC 10076104790 |
YVONNE MARIZEL LÓPEZ ESTRADA |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-00440 Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2004-000291 Exp. 000-ADSODT-2006-0182378-5 |
Se pone en su conocimiento, que esta Renta se encuentra evaluando los actuados remitidos por la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito Especializada en Propiedad Intelectual, relacionado a la intervención policial realizada por la Policía Fiscal el día 04.08.2004, en las inmediaciones de la Agencia de Transportes Ormeño, sito en la Av. Javier Prado Este Cuadra 11, en donde le incautaron mercancías de procedencia extranjera consistente en teléfonos celulares, baterias y teclados, sin documentación de sustento legal. En tal sentido, se le otorga un plazo de siete días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la información y/o documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral A6) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. |
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RUC 10026716417 |
ALFREDO CHANTA CASTILLO |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-000496 Expediente 000-TI0001-2007-48427-5 Exp. 118-0114-2007-55335-5 Acta de Apertura y Conteo 104-DIRPOFIS-PNP/DIVIDA Acta de Recepción 974-000C-CA-2006-00125 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros Distrito Judicial Cono Norte (Ingreso 009-2006), relacionado con la intervención policial del día 16.03.2006, en el Complejo de la Ex Garita de Control de Ancón, interviniéndose entre otros, el vehículo de la empresa de transportes de pasajeros "El Sol" con placa UI-9644, en donde le incautaron mercancías consistente en micas, faros y espejos, por no contar con la documentación de sustento legal; por lo que se le otorga el plazo de (07) siete días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la documentación que acredite la procedencia legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. De no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. Esta información es necesaria a efecto de que esta Renta puede pronunciarse respecto de la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción 974-000C-CA-2006-00125 |
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0702415902 |
RICHARD HANZ AUTHEMAN HEROS |
Notificación 118-3D1100-2007-S/N Exp. 000-TI0001-2007-017272-5 Acta de Apertura, Verificación y Conteo Nº 046-06-DIRPOFIS-PNP-DIVIDA Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000173 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando el caso relacionado a la intervención policial del día 07.04.2006 realizada en la Ex Garita de Control de Ancón, interviniéndose entre otros, el vehículo de la empresa de transportes de pasajeros "Flores" encontrándose en el interior de sus bodegas cajas con mercancía de procedencia extranjera que le fueron a usted incautadas por no tener la documentación de amparo legal que acrediten la procedencia e ingreso legal al país; por lo que en mérito a lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006, se le otorga el plazo de (05) cinco días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la información y/o documentación sustentatoria que permita determinar la situación legal de la mercancía incautada. Asimismo señale un domicilio en el cual se le harán llegar las notificaciones relacionadas al presente caso y en el caso de no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. De vencerse el plazo sin la documentación sustentatoria, esta Renta se pronunciará respecto a la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000173, aplicando las sanciones pertinentes establecidas en la Ley de los Delitos Aduaneros Ley Nº 28008 |
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RUC 10081627318 |
RAÚL MATOS APACCLA |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-000508 Exp.000-TI0001-2007-165404-2 Acta de Apertura y Conteo Nº 291-06-DIRPOFIS/PNP/DIVIDA Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000508 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual del Distrito Judicial Lima Norte (Ingreso 088-2007) relacionado con la intervención policial del día 05.08.2006 en las inmediaciones de la cuadra 35 de la Avenida Perú, en donde se le incautó mercancía de procedencia extranjera, sin documentación sustentatoria, por lo que se le otorga el plazo de 07 (siete) días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la documentación que acredite la procedencia legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. De no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. Esta información es necesaria a efecto de que esta Renta puede pronunciarse respecto de la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción 974-000C-CA-2006-000508 |
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RUC 10084925417 |
JUAN DE DIOS CARI MAMANI |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-000507 Exp. 000-TI0001-2007-165418-8 Acta de Apertura y Conteo Nº 291-06-DIRPOFIS-PNP/DIVIDA Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000508 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual del Distrito Judicial Lima Norte (Ingreso 087-2007) relacionado con la intervención policial del día 05.08.2006 en las inmediaciones de la cuadra 35 de la Avenida Perú, en donde se le incautó mercancía de procedencia extranjera, sin documentación sustentatoria, por lo que se le otorga el plazo de 07 (siete) días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la documentación que acredite la procedencia legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. De no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. Esta información es necesaria a efecto de que esta Renta puede pronunciarse respecto de la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción 974-000C-CA-2006-000508 |
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RUC 10067010006 |
ALEX ADRIAN RABANAL RODRÍGUEZ |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-000501 Exp. 000-TI0001-2007-048468-4 Acta de Apertura y Conteo Nº 186 DIRPOFIS-PNP/DIVIDA Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000441 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros Distrito Judicial Lima Norte (Ingreso 063-2006) relacionado con la intervención policial del día 15.07.2006 en el Peaje el Serpentín de Ancón, interviniéndose entre otros, el vehículo de transporte de carga con placa de tracto y carreta Nº YD-2452 y ZG-5531 de la empresa de transportes " América", encontrándose en el interior de sus bodegas mercancía de procedencia extranjera, de su propiedad según Guía de Remisión de Transportista 002-Nº 016892; procediéndose a su incautación por no contar con la documentación de sustento legal; por lo que se le otorga el plazo de 07 (siete) días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) la documentación que acredite la procedencia legal de la mercancía incautada, conforme lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. De no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. Esta información es necesaria a efecto de que esta Renta puede pronunciarse respecto de la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción 974-000C-CA-2006-0005441 |
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RUC 10267179021 |
SALVADOR ARÉVALO VÁSQUEZ |
Notificación Nº 118-3D1100-2007-000500 Exp. 000-TI0001-2007-048438-8 Acta de Apertura y Conteo Nº 120-06-DIRPOFIS-PNP/DIVIDA-DEPIDC Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000148 |
Se hace de su conocimiento, que esta Intendencia viene evaluando los actuados remitidos por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros Distrito Judicial Cono Norte (Denuncia Nº 13-2006) relacionado con la intervención policial del día 27.03.2006 en la Ex Garita de Ancón, interviniéndose entre otros, el vehículo de la empresa de transporte "CAVASSA" con placa UQ-9835, en donde se le incautó mercancía de procedencia extranjera, sin documentación de sustento legal consistente en prendas de vestir usadas; por lo que en mérito a lo señalado en los Artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444 y a lo dispuesto en el numeral C4) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00-01 "Inmovilización – Incautación y Sanciones Aduaneras, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15/06/2006. se le otorga el plazo de 07 (siete) días (contándose desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación), para que presente a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (Avenida Guardia Chalaca 149 – Callao) como única oportunidad, los documentos que sustente la adquisición de la mercancía incautada, de no tener los documentos solicitados, necesariamente señale y sustente por qué no tiene dicha documentación. De vencerse el plazo sin la documentación sustentatoria, esta Renta se pronunciará respecto a la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Fiscal e ingresada a la Aduana con el Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2006-000148, aplicando las sanciones pertinentes establecidas en la Ley de los Delitos Aduaneros Ley Nº 28008 |
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RUC 10296056265 |
CÁRDENAS FLORES, ROXANA MIRIAM |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1500-2007-00294 |
. Disponer el Legajamiento de Oficio sin cargo ni valor fiscal de la DUA Depósito Nº 118-2004-70-002846; así deberá el Terminal de Almacenamiento NEPTUNIA S.A. poner la mercancía a disposición de la División de Regímenes Suspensivos para que se proceda conforme lo dispuesto en la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2005-000459 |
NOTIFICACIÓN COACTIVA
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao a través de la Ejecutoría, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° y 107° del Textro Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y decreto Legislativo N° 953 y concordado con el Artículo 9° del Reglamento de Cobranzas Coactivas aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT, cumple con NOTIFICAR COACTIVAMENTE por la presente, al deudor que a continuación se detalla, para que en el plazo de (07)siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación; bajo apercibimiento de dictarse medidas cautelares previstas en el Artículo 118° del Texto Único Ordenado del Código Tributario cumpla con pago de la deuda que a continuación se detalla:
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EXPEDIENTE COACTIVO |
DEUDOR |
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
DOCUMENTO DE DETERMINACIÓN |
LIQUIDACIÓN DE COBRANZA |
CONCEPTO |
US$ |
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2007-000530 |
PAULA GLORIA QUISPE CHAMBI |
DNI 40503068 |
R.I. Nº 118-3D0000/2007-000894 |
100722-2007 |
MULTA |
224.00 |
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2007-000507 |
GREGORIO MAMANI PONCE |
DNI 29389837 |
R.D. Nº 118-3D0000/2007-000363 |
52827-2007 |
MULTA |
111.00 |
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2007-000385 |
MACHINES LOS ANDES SLOTS SAC |
RUC 20486254522 |
NOTIFICACION ADMINISTRATIVA Nº 118-3D0410-2007-001585 |
176879-2006 |
TRIBUTOS |
242.00 (saldo del Principal) 6.00 (interés) |
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2007-000631 |
REPRESENTACIONES SYC SOCIEDAD COMERCIAL DE RE |
RUC 20519988713 |
NOTIFICACION N° 118-3D0410-2007-000092 |
134550-2006 |
TRIBUTOS |
47.00 (saldo del Principal) 8.00 (interés) |
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2007-000632 |
IMPORTACIONES DAVE EIRL |
RUC 20509348376 |
NOTIFICACION N° 118-3D0410-2007-002104 |
059031-2006 |
TRIBUTOS |
341.00 (saldo del Principal) 32.00 (interés) |
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2007-000633 |
HINOSTROZA CLAUSEN RODOLFO |
RUC 10066440716 |
NOTIFICACION N° 118-3D0410-2007-001915 |
006603-2007 |
TRIBUTOS |
59.00 (saldo del Principal) 5.00 (interés) |
|
2007-000634 |
MANSUNG EIRL |
RUC 20504717306 |
NOTIFICACION N° 118-3D0410-2007-000854 |
133797-2006 |
TRIBUTOS |
169.00 (saldo del Principal) 8.00 (interés) |