SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE LA ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO
Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao
NOTIFICACION DE ABANDONO LEGAL
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 25.06.09)
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en aplicación con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256, cumple con NOTIFICAR al consignatario de las mercancías en situación de ABANDONO LEGAL, incluida en la relación que a continuación se detalla, para que en el término de cinco (05) días de publicada la presente soliciten la nacionalización de dichos bienes, caso contrario, se procederá a su Adjudicación, o Remate de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 176º, 178º, 179ª,180º, 184º y 186º de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Legislativo Nº 1053 y los Artículos 235º, 239º, 242º y 243º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Supremo Nº 10-2009-EF.
MANIFIESTO |
B/L |
TERMINAL |
CONSIGNATARIO |
DESCRIPCIÓN |
118-2009-327 |
ALMUSA |
JULIAN ALEX PRADO VASQUEZ |
2005 used Dodge SW Greenvin # 1D8GP24R65B3150902004 used Roca USA Inc. model motor driven cycle 2003 used XINGYUE modelsr3vin # LBFTCBDK1220028053 used tv1 bicycle |
|
118-2009-315 |
SAKJ DEPOT |
ITAL SPORT S.A.C. |
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|
118-2008-1679 |
MAERSK PERÚ S.A. |
YOVANY CARUAJULCA MOLOCHO C/O LAONER PABLO MENDOZA MZ C LOTE 21 APT# 201 LIMA PERU |
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NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:
Documento de Identidad |
Deudor |
Documento de Determinación |
Determinación |
RUC 10074868784 |
HENRY FERNANDO RODRIGUEZ PORRAS |
Resolución de Intendencia Nº 118-30000-2008-001079 |
. Anular las Series 24) y, RECTIFICAR los pesos,
cantidades y valores totales de la Declaración Simplificada de
Importación Nº 118-2005-18-001073. |
Pasaporte Nº SM0046293 |
LEE KWANGHO |
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DNI 03234483 |
TIBURCIO OJEDA, VIDAL |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00776 |
.Decretar el Comiso Administrativo de la mercancía ingresada a la Gerencia de Almacenes de Aduana de Santa Anita, mediante Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2007-000355 e ingresada al módulo de SIGEDA mediante el Acta Nº 118-0400-AC-2007-390. |
RUC 20511106177 |
CHIMBOTE SERVICIOS GENERALES S.A.C |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-001303 |
Declarar INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la empresa CHIMBOTE SERVICIOS GENERALES S.A.C, con Expediente Nº 118-3D1500-2007-001031. |
Pasaporte 207103808 |
YAZMIN STUTZEL |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001442 |
Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de IÇnmovilización Nº 118-2007-0101-00686, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00173 |
Pasaporte 0844417 |
JORGE ISAIAS PEREYRA TERRONES |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001443 |
Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-00566, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00256 |
RUC 20514236152 |
IMPORTACIONES REPRESENTACIONES EXPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DANGER E.I.R.L. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001470 |
Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2008-0101-00057, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00760. |
RUC 20102008813 |
ORGANIZACIÓN CASTAÑON S.A. Entidad Liquidadora |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-008-01308 |
Declárese extinguida la obligación tributaria pendiente de pago contenida en la Liquidación de Cobranza Nº 118-1995-006197 por el monto de un mil doscientos sesenta y siete con 27/100 Dólares Americanos (US $ 1,267.27) emitida el 19 de julio de 1995, asociada a la DUA Nº 118-1991-10-066628, a cargo de la empresa CONVERTIDORA DE PAPELES Y CARTONES S.A. en Liquidación (COPAC SA) con RUC 20100065119, en mérito a la Resolución Nº 01 del dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y ocho del 8º Juzgado Especializado en lo Civil Corte Superior de Lima que declara la Quiebra de la referida empresa, y consentida con Resolución Nº 02 de quince de diciembre de mil novecientos noventa y ocho emitida por el Juez del 8ª Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Lima, debidamente inscritas en la Partida Registral Nº 00973653 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. |
RUC 20100065119 |
CONVERTIDORA DE PAPELES Y CARTONES S.A. En Liquidación |
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RUC 20177428095 |
FUNDACIÓN URPI WASI |
Notificación Nº 118-3D1310-2009-002665 |
Se le notifica en relación a la impugnación de
derechos correspondiente a la DUA Nº 118-2004-10-043545 mediante
Garantía Nominal. |
DNI 19083014 |
YADIRA FRECIA TIRADO ARROYO DE FISCHER |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001299 |
Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2007-0101-00837, al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00438 |
RUC 20100542227 |
OLEO ABASTECIMIENTOS S.A. |
Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-001266 |
Disponer la destrucción de la mercancía correspondiente a la DUA Nº 118-2008-70-4445, del Manifiesto Nº 118-1045-2008;y, B/L CLANTAOCLLO80019 |
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Superintendencia Nacional Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258 y de acuerdo a lo establecido por el Artículo 80° de la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115° del Texto Único Ordenado del Código Tributario:
Documento de Identidad |
Deudor |
Documento de Determinación |
Liquidación de Cobranza |
Concepto |
Monto |
RUC 20374466888 |
FABRICANTES TEXTILES PERUANOS S.A. |
Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00743 |
L/C 118-2009-00471 |
Sanción |
S/. 1,750.00 |
Sanción al exportador por no haber regularizado la Declaración provisional de exportación Nº 118-2007-40-026435 dentro del plazo establecido. |
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RUC 20309668058 |
SANTA MARIA INDUSTRIAL S.A.C. |
Notificación Nº 118-3D1310-2009-00927 |
L/C Nº 118-2003-19293 |
Saldo pendiente |
US $ 3,761.00 |
Mediante la presente se hace de conocimiento que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Nº 1064-A-2004, emitida por el Tribunal Fiscal el 25.02.2004, que confirma la Resolución Jefatural de División Nº 118-152-2003-00755 del 00755 del 27.07.2003 y el procedimiento de Garantías en Aduanas Operativas se ejecutó la Carta Fianza que amparaba los tributos contenidos en la L/C Nº 118-2003-19293 correspondiente a la DUA Nº 118-2003-057133. Al respecto, se ingresó a la cuenta de la SUNAT el monto de S/. 10,640.00 Nuevos Soles mediante L/C Nº 118-2008-277278, según actualización de tributos correspondiente a la mencionada L/C se tiene que existe un saldo pendiente por pagar ascendente a US $ 3,761.00 Dólares Americanos más los intereses respectivos por concepto de la multa aplicada; por lo cual se le otorga el plazo de cinco (05) días contados a partir de la presente publicación, a fin de cancelar la mencionada deuda y de esta manera regularizar la situación de la referida DUA; caso contrario se dará inicio a la cobranza coactiva |
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RUC 10064693013 |
LAZO WEISS, URSULA PATRICIA |
Informe sobre Verificación del Valor Declarado Nº 118-3D1310-2009-00215 |
L/C 118-2009-066856 |
Por no desvirtuar la Duda Razonable DUA 118-2008-10-097690 |
US $ 5,587.00 |
RUC 20507219498 |
AIME IMPORT & EXPORT S.A.C. |
Notificación Nº 118-3D0410-2009-002287 |
L/C Nº 118-2008-291841 |
Saldo pendiente |
US $ 242.00 |
Hacemos de su conocimiento que se ha hecho efectiva la Orden de Depósito Nº 118-2004-00934, (DUA 118-2004-054562) a través de la ejecución de la Orden de Devolución de Garantía Nº 118-2009-00180, ingresándose lo ejecutado con L/C Nº 118-2009-072450. De la actualización de la deuda efectuada mediante Informe Nº 557-2009-SUNAT-3D0410, se deduce que mantiene un saldo pendiente de pago de la L/C Nº 118-2008-291841, por concepto de IGV por el importe de US $ 242.00 dólares americanos( por concepto de IGV), por lo que se notifica para que en un plazo de (05) días de publicada la presente se apersone al Departamento de Recaudación de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao a fin de cancelar el monto indicado más los intereses correspondientes hasta la fecha de cancelación. En caso de incumplimiento se procederá al inicio de la Cobranza Coactiva. |
NOTIFICACIÓN COACTIVA
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, concordado con el Artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT; cumple con NOTIFICAR COACTIVAMENTE por la presente, a los deudores que a continuación se detallan, para que en el plazo de (07) siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación; bajo apercibimiento de dictarse las medidas cautelares previstas en el Artículo 118° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, cumplan con pago de la deuda que a continuación se detalla:
Expediente coactivo |
Deudor |
Documento de Identidad |
Documento de determinación |
Documento cobranza |
Concepto |
Importe |
Intereses |
118-2009-281 |
PEREZ ESPINOZA LUIS ANGELLO |
RUC 10166618652 |
R.I 118-3D0000-2008-001187 |
L/C 118-2008-246140 |
Multa |
US $1045.00 |
US $ 350.00 (al 16.06.2009) |
118-2009-278 |
DAVID QUISPE JAPURA |
RUC 10296806787 |
RJD 118-3D1300-2008-000705 |
l/C 118-2004-023734 |
Multa |
US $ 1,508.00 |
US $ 7280.00 (al 10.06.2009) |