SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE LA ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO

Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao

NOTIFICACION DE ABANDONO LEGAL

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 25.06.09)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en aplicación con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Ley N° 27256, cumple con NOTIFICAR al consignatario de las mercancías en situación de ABANDONO LEGAL, incluida en la relación que a continuación se detalla, para que en el término de cinco (05) días de publicada la presente soliciten la nacionalización de dichos bienes, caso contrario, se procederá a su Adjudicación, o Remate de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 176º, 178º, 179ª,180º, 184º y 186º de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Legislativo Nº 1053 y los Artículos 235º, 239º, 242º y 243º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Supremo Nº 10-2009-EF.

MANIFIESTO

B/L

TERMINAL

CONSIGNATARIO

DESCRIPCIÓN

118-2009-327 

MSCUTM780981

ALMUSA

JULIAN ALEX PRADO VASQUEZ

2005 used Dodge SW Greenvin # 1D8GP24R65B3150902004 used Roca USA Inc. model motor driven cycle 2003 used XINGYUE modelsr3vin # LBFTCBDK1220028053 used tv1 bicycle 

118-2009-315 

SC-012101

SAKJ DEPOT

ITAL SPORT S.A.C.

01x20 container said to contain: ( 208 cartones ) zapatillas deportivas, calzados de mujer/ hombre, zapatillas de hombres, sandalias de mujeres, calzados de mujer/ hombre, zapatillas de hombres, sandalias de mujer 

118-2008-1679 

ECCI3845008751704

MAERSK PERÚ S.A.

YOVANY CARUAJULCA MOLOCHO C/O LAONER PABLO MENDOZA MZ C LOTE 21 APT# 201 LIMA PERU 

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NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de Determinación

Determinación

RUC 10074868784

HENRY FERNANDO RODRIGUEZ PORRAS

Resolución de Intendencia Nº 118-30000-2008-001079

. Anular las Series 24) y, RECTIFICAR los pesos, cantidades y valores totales de la Declaración Simplificada de Importación Nº 118-2005-18-001073.
. Disponer que el importador LEE KWANGHO, efectúe la operación de REEMBARQUE de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2005-0101-00292 y declarada en la Serie 24) de la DSI Nº 118-2005-18-001073, concediéndole un plazo de TREINTA (30) días para numerar la Declaración de Reembarque, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual, en caso de incumplimiento se incurrirá en infracción sancionada con COMISO.
. Levantar la Inmovilización de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2005-0101-00292 de fecha 27.07.2005, una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente.

Pasaporte Nº

SM0046293

LEE KWANGHO

DNI 03234483

TIBURCIO OJEDA, VIDAL

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00776

.Decretar el Comiso Administrativo de la mercancía ingresada a la Gerencia de Almacenes de Aduana de Santa Anita, mediante Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2007-000355 e ingresada al módulo de SIGEDA mediante el Acta Nº 118-0400-AC-2007-390.

RUC 20511106177

CHIMBOTE SERVICIOS GENERALES S.A.C

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-001303

Declarar INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la empresa CHIMBOTE SERVICIOS GENERALES S.A.C, con Expediente Nº 118-3D1500-2007-001031.

Pasaporte

207103808

YAZMIN STUTZEL

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001442

Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de IÇnmovilización Nº 118-2007-0101-00686, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00173

Pasaporte 0844417

JORGE ISAIAS PEREYRA TERRONES

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001443

Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-00566, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00256

RUC 20514236152

IMPORTACIONES REPRESENTACIONES EXPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DANGER E.I.R.L.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001470

Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2008-0101-00057, al no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00760.

RUC 20102008813

ORGANIZACIÓN CASTAÑON S.A. Entidad Liquidadora

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-008-01308

Declárese extinguida la obligación tributaria pendiente de pago contenida en la Liquidación de Cobranza Nº 118-1995-006197 por el monto de un mil doscientos sesenta y siete con 27/100 Dólares Americanos (US $ 1,267.27) emitida el 19 de julio de 1995, asociada a la DUA Nº 118-1991-10-066628, a cargo de la empresa CONVERTIDORA DE PAPELES Y CARTONES S.A. en Liquidación (COPAC SA) con RUC 20100065119, en mérito a la Resolución Nº 01 del dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y ocho del 8º Juzgado Especializado en lo Civil Corte Superior de Lima que declara la Quiebra de la referida empresa, y consentida con Resolución Nº 02 de quince de diciembre de mil novecientos noventa y ocho emitida por el Juez del 8ª Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Lima, debidamente inscritas en la Partida Registral Nº 00973653 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

RUC 20100065119

CONVERTIDORA DE PAPELES Y CARTONES S.A.

En Liquidación

RUC 20177428095

FUNDACIÓN URPI WASI

Notificación Nº 118-3D1310-2009-002665

Se le notifica en relación a la impugnación de derechos correspondiente a la DUA Nº 118-2004-10-043545 mediante Garantía Nominal.
Al respecto mediante Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001278 de fecha 27.10.2008, se declara Procedente en Parte la Impugnación de derechos de la precitada DUA y ordena la ejecución de la Garantía Nominal por el monto de US $ 2,905.00 dólares americanos, distribuidos de la siguiente manera: US $ 1,252.00 por concepto de Ad/Valorem, US $ 1,479.00 por IGV y US $ 174.00 por IPM, más los intereses correspondientes.
En este sentido se le otorga el plazo de 15 días a efecto de cumplir con el honramiento de su Garantía Nominal, mediante el pago del monto mencionado, a fin de regularizar la situación de la DUA Nº 118-2004-10-043545, caso contrario se proseguirá con el trámite de Cobranza Coactiva.

DNI 19083014

YADIRA FRECIA TIRADO ARROYO DE FISCHER

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-001299

Declarar el Comiso Administrativo de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2007-0101-00837, al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00438

RUC 20100542227

OLEO ABASTECIMIENTOS S.A.

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-001266

Disponer la destrucción de la mercancía correspondiente a la DUA Nº 118-2008-70-4445, del Manifiesto Nº 118-1045-2008;y, B/L CLANTAOCLLO80019

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

La Superintendencia Nacional Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258 y de acuerdo a lo establecido por el Artículo 80° de la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115° del Texto Único Ordenado del Código Tributario:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de Determinación

Liquidación de Cobranza

Concepto

Monto

RUC 20374466888

FABRICANTES TEXTILES PERUANOS S.A.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00743

L/C 118-2009-00471

Sanción

S/. 1,750.00

Sanción al exportador por no haber regularizado la Declaración provisional de exportación Nº 118-2007-40-026435 dentro del plazo establecido.

RUC 20309668058

SANTA MARIA INDUSTRIAL S.A.C.

Notificación Nº 118-3D1310-2009-00927

L/C Nº 118-2003-19293

Saldo pendiente

US $ 3,761.00

Mediante la presente se hace de conocimiento que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Nº 1064-A-2004, emitida por el Tribunal Fiscal el 25.02.2004, que confirma la Resolución Jefatural de División Nº 118-152-2003-00755 del 00755 del 27.07.2003 y el procedimiento de Garantías en Aduanas Operativas se ejecutó la Carta Fianza que amparaba los tributos contenidos en la L/C Nº 118-2003-19293 correspondiente a la DUA Nº 118-2003-057133.

Al respecto, se ingresó a la cuenta de la SUNAT el monto de S/. 10,640.00 Nuevos Soles mediante L/C Nº 118-2008-277278, según actualización de tributos correspondiente a la mencionada L/C se tiene que existe un saldo pendiente por pagar ascendente a US $ 3,761.00 Dólares Americanos más los intereses respectivos por concepto de la multa aplicada; por lo cual se le otorga el plazo de cinco (05) días contados a partir de la presente publicación, a fin de cancelar la mencionada deuda y de esta manera regularizar la situación de la referida DUA; caso contrario se dará inicio a la cobranza coactiva

RUC 10064693013

LAZO WEISS, URSULA PATRICIA

Informe sobre Verificación del Valor Declarado Nº 118-3D1310-2009-00215

L/C 118-2009-066856

Por no desvirtuar la Duda Razonable

DUA 118-2008-10-097690

US $ 5,587.00

RUC 20507219498

AIME IMPORT & EXPORT S.A.C.

Notificación Nº 118-3D0410-2009-002287

L/C Nº 118-2008-291841

Saldo pendiente

US $ 242.00

Hacemos de su conocimiento que se ha hecho efectiva la Orden de Depósito Nº 118-2004-00934, (DUA 118-2004-054562) a través de la ejecución de la Orden de Devolución de Garantía Nº 118-2009-00180, ingresándose lo ejecutado con L/C Nº 118-2009-072450.

De la actualización de la deuda efectuada mediante Informe Nº 557-2009-SUNAT-3D0410, se deduce que mantiene un saldo pendiente de pago de la L/C Nº 118-2008-291841, por concepto de IGV por el importe de US $ 242.00 dólares americanos( por concepto de IGV), por lo que se notifica para que en un plazo de (05) días de publicada la presente se apersone al Departamento de Recaudación de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao a fin de cancelar el monto indicado más los intereses correspondientes hasta la fecha de cancelación.

En caso de incumplimiento se procederá al inicio de la Cobranza Coactiva.

NOTIFICACIÓN COACTIVA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, concordado con el Artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT; cumple con NOTIFICAR COACTIVAMENTE por la presente, a los deudores que a continuación se detallan, para que en el plazo de (07) siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación; bajo apercibimiento de dictarse las medidas cautelares previstas en el Artículo 118° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, cumplan con pago de la deuda que a continuación se detalla:

Expediente coactivo

Deudor 

Documento de Identidad

Documento de determinación

Documento cobranza

Concepto 

Importe 

Intereses 

118-2009-281

PEREZ ESPINOZA LUIS ANGELLO

RUC 10166618652

R.I 118-3D0000-2008-001187

L/C 118-2008-246140

Multa

US $1045.00

US $ 350.00 (al 16.06.2009)

118-2009-278

DAVID QUISPE JAPURA

RUC 10296806787

RJD 118-3D1300-2008-000705

l/C 118-2004-023734

Multa

US $ 1,508.00

US $ 7280.00 (al 10.06.2009)