SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE MOLLENDO
NOTIFICACIÓN
Fecha
de publicación 10.09.12
La
siguiente es para comunicar al deudor tributario que no ha podido ser notificado
conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del artículo 104º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF,
razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo,
modificado por Ley Nº 27256, se le notifica por la presente publicación y por
lo tanto debe apersonarse a recabar sus documentos, en la Intendencia de Aduana
de Mollendo, Departamento
de Recaudación Y Contabilidad, ubicada en Plaza Grau 240
Mollendo - Islay - Arequipa.
La
Resolución materia de la presente publicación, corresponde a la Resolución
del Tribunal Fiscal de fecha 17 de agosto de 2012, la Intendencia de Aduana de
Mollendo de conformidad con los Artículos 117° y
118º del T. U. O. del Código Tributario, cumple con NOTIFICAR
al deudor incluido en el anexo adjunta, de conformidad al inciso e) del artículo
104º de la norma legal invocada.
El
deudor tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus
documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta
de autorización firmada por el deudor y fotocopia del documento de identidad
del mismo. En caso de ser persona jurídica, carta de autorización del
representante legal con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la
misma.
Asimismo,
dicho deudor tributario deberá informar su nuevo domicilio fiscal.
La
presente notificación aparece publicada a partir de la fecha en la página web
de la SUNAT
RUC |
DEUDOR TRIBUTARIO |
ASUNTO |
RTF |
FECHA DE EMISION |
RESUELVE |
2011003506 |
J.V. AGENTES DE ADUANA
S.A. |
APELACION |
13743-A-2012 |
17.08.2012 |
CONFIRMAR
la Resolución de Intendencia N° 145 3N0000/2010-000266 emitida el 22 de
setiembre de 2010 por la Intendencia de Aduana de Mollendo. |