SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA DE MOLLENDO

NOTIFICACIÓN

Fecha de publicación 10.09.12  

La siguiente es para comunicar al deudor tributario que no ha podido ser notificado conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, modificado por Ley Nº 27256, se le notifica por la presente publicación y por lo tanto debe apersonarse a recabar sus documentos, en la Intendencia de Aduana de Mollendo, Departamento  de Recaudación Y Contabilidad, ubicada en Plaza Grau 240  Mollendo - Islay - Arequipa.

La Resolución materia de la presente publicación, corresponde a la Resolución del Tribunal Fiscal de fecha 17 de agosto de 2012, la Intendencia de Aduana de Mollendo de conformidad con los Artículos 117° y  118º del T. U. O. del Código Tributario, cumple con NOTIFICAR al deudor incluido en el anexo adjunta, de conformidad al inciso e) del artículo 104º de la norma legal invocada.

El deudor tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el deudor y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica, carta de autorización del representante legal con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la misma.

Asimismo, dicho deudor tributario deberá informar su nuevo domicilio fiscal.

La presente notificación aparece publicada a partir de la fecha en la página web de la SUNAT  

RUC

DEUDOR TRIBUTARIO

ASUNTO

RTF

FECHA DE EMISION

RESUELVE

2011003506

J.V. AGENTES DE ADUANA S.A.

APELACION

13743-A-2012

17.08.2012

CONFIRMAR la Resolución de Intendencia N° 145 3N0000/2010-000266 emitida el 22 de setiembre de 2010 por la Intendencia de Aduana de Mollendo.