SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO

NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 07.08.06)


La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, y modificatorias, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, para que cumplan con remitir el requerimiento solicitado según sea el caso y el acto administrativo correspondiente:

DNI - RUC

Deudor

Expediente Administrativo

Requerimiento

40676325

PINEDA COILA, Nilda Maria

181-2004-2594-5

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, otorgada por MORALES OBREGON, Judi Carina, para solicitar la devolución de la mercancía incautada con Acta Nº 181-2004-0201-000297 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real y fiscal, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

42535982

MORALES OBREGON, Judi Carina

181-2004-2594-5

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, donde otorgue poder a PINEDA COILA, Nilda María, para solicitar la devolución de la mercancía incautada con Acta Nº 181-2004-0201-000297 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real y fiscal, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

29713074

LOPEZ ZAPANA, Natalia Genoveva

181-2004-4107-6

Formular descargo sobre falsedad en declaración e Información - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, formule su descargo sobre la falsedad en la declaración e información presentada en la solicitud de devolución de mercancía incautada, en razón de que usted declara bajo juramento haber adquirido en la ciudad de Tacna en el año 1998 el bien decomisado, sin embargo se ha podido comprobar que en la base de datos y/o archivos de 1998 de ZOTAC no se encuentra declarado el registro del bien incautado, ni se encuentra consignado declaración a su nombre. Bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado estará sujeto a las sanciones establecidas de conformidad con lo señalado en el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General u otras normas aplicables al presente caso.

40840611

MAMANI TOQUE, Luis Alberto

181-2004-5695-1

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, otorgada por TORVISCO MELGAR, isaias, para solicitar la devolución de la mercancía incautada con Acta Nº 181-2004-0205-005195 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

31033156

TORVISCO MELGAR, Isaias

181-2004-5695-1

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, otorgado por usted a favor de MAMANI TOQUE, Luis Alberto, para solicitar la devolución de la mercancía incautada con Acta Nº 181-2004-0205-005195 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

29283509

ESCOBAR PEREZ, Luis

181-2004-5006-6

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, otorgada por MANRIQUE RUIZ, Eloy David, para solicitar la devolución de la mercancía item 1, incautada con Acta Nº 181-2004-0205-004827 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real y fiscal, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

29566444

MANRIQUE RUIZ, Eloy David

181-2004-5006-6

Subsanación de requisito Procedimental - En el plazo de quince (15) días habiles siguientes a la publicación, presente carta poder amplia y suficiente o Poder Legalizado por notario, donde otorgue poder a ESCOBAR PEREZ, Luis, para solicitar la devolución de la mercancía de item 1, incautada con Acta Nº 181-2004-0205-004827 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 115.1 Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el art. 23º del TUO del Código Tributario. En razón de que se han agotado los medios para notificar a su domicilio real y fiscal, señalado en su expediente y rastreado por la Administración Tributaria, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se declarará INADMISIBLE.

15406376726

CORDOVA MENDOZA, Carlos Alberto

181-2004-5682-6

Requerimiento de oficio - En el plazo de quince (15) días habiles de la publicación, presente el archivo con el original de la Boleta de Venta Nº 001-001674 del 11.DIC.2004 emitida por usted, Registro de Ventas, p/verificar el asiento de apertura y donde consigne la Boleta Nº 001-001674, presente el archvio del Registro de Compras, Asiento de apertura, y registro donde consigna la mercancía de Acta 181-2004-0204-000744 del 12.DIC.2004, así como el archivo donde figure el comprobante de pago - emisor, que sustente la adquisición legal del bien objeto de la presente devolución, y/o documento aduanero que sustente el ingreso legal de la mercancia, concordante con lo dispuesto con la última parte del artículo 48º de la Ley 28008. En razón de que ha sido infructuoso notificar el acta de Verificación, al señalar que no se encontraban los dueños, situación que dispone la aplicación del inc e) del art. 104 del TUO del Código Tributario, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se aplic

10012219089

GUTIERREZ MENESES, Victor Hugo

181-2004-5695-1

Requerimiento de oficio - En el plazo de quince (15) días habiles de la publicación, presente el archivo con el original de la Boleta de Venta Nº 001-001006 del 10.JUN.2003 emitida por usted, Registro de Ventas, p/verificar el asiento de apertura y donde consigne la Boleta Nº 001-001006, presente el archvio del Registro de Compras, Asiento de apertura, y registro donde consigna la mercancía de Acta 181-2004-0205-005195 del 24.NOV.2004, así como el archivo donde figure el comprobante de pago - emisor, que sustente la adquisición legal del bien objeto de la presente devolución, y/o documento aduanero que sustente el ingreso legal de la mercancia, concordante con lo dispuesto con la última parte del artículo 48º de la Ley 28008. En razón de que ha sido infructuoso notificar el acta de Verificación, al señalar que no se ubicó el domicilio fiscal, situación que dispone la aplicación del inc e) del art. 104 del TUO del Código Tributario, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se apli

10020437249

GONZA VELASQUEZ, José Luis

181-2003-3871-1

Requerimiento de oficio - En el plazo de quince (15) días habiles de la publicación, presente el archivo c/ los originales de las Facturas Nº 001-00678 y 001-00673 ambas del 10.SET.2003 emitidas por usted, Reg. de Ventas, p/verificar el asiento de apertura y donde consignen los registros de dichos Comprobantes de Pago, presente el archvio del Reg de Compras, Asiento de apertura, y registro donde consigna las mercancías de Acta 181-2003-0205-003302 del 13.SET.2003, así como el archivo que consigne los comprobantes de pago - emisor, que sustenten la adquisición legal de los bienes, y/o documentos aduaneros que sustente el ingreso legal de las mercancias, concordante con lo dispuesto con la última parte del artículo 48º de la Ley 28008. En razón de que ha sido infructuoso notificar el acta de Verificación, ya que no se ubicó su domicilio fiscal, situación que dispone la aplicación del inc e) del art. 104 del TUO del Código Tributario, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se ap

10295525211

ALVAREZ HUAMANI, Miguel John

181-2004-5006-6

Requerimiento de oficio - En el plazo de quince (15) días habiles de la publicación, presente el archivo con el original de la Factura Nº 001-001851 del 30.AGO.2004 emitida por usted, Registro de Ventas, p/verificar el asiento de apertura y donde consigne el referido comprobante de pago, presente el archvio del Registro de Compras, Asiento de apertura, y registro donde consigna el item 2 de la mercancía de Acta 181-2004-0205-004827 del 30.OCT.2004, así como el archivo donde figure el comprobante de pago - emisor, que sustente la adquisición legal del bien objeto de la presente devolución, y/o documento aduanero que sustente el ingreso legal de la mercancia, concordante con lo dispuesto con la última parte del artículo 48º de la Ley 28008. En razón de que no cumple con responder, entre otros al acta de Requerimiento 51-2005-3I0050, situación que dispone la aplicación del inc e) del art. 104 del TUO del Código Tributario, bajo apercibimiento de que del incumplimiento de lo solicitado se aplicarán las s

01305652

ATENCIO ATENCIO, Ruben

181-2004-2594-5

En el plazo de quince (15) días presente el descargo de la boleta de venta N° 001-000135, , presentada mediante el expediente de la referencia, ya que elRUC es inválido, presumiendo que el vendedor tiene RUC diferente, caso contrario se procederá a la aplicación de la sanción de Multa conforme al numeral 32.3 del artículo 32° de la Ley N° 27444

01317468

JORDAN NIÑO DE GUZMAN, Marco A.

181-3H9900-2006-943-8

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 195-2006/SUNAT/A del 10.ABR.2006: Resuelve: Artículo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por MARCO ANTONIO JORDAN NIÑO DE GUZMAN contra la Resolución de Intendencia Nº 181-3H0000/2006-000037 de fecha 20 de enero de 2006 por los fundamentos expuestos en la parte condiderativa de la presente Resolución quedando agotada la vía administrativa, y remitiéndose los actuados a la Intendencia de Aduana de Puno para los fines de su competencia funcional.