SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

(Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31.08.09)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - Intendencia de Aduana de Tacna, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación que se ha decretado sanción de MULTA, de COMISO y otros actos administrativos a través de Resolución de Intendencia respectiva, en aplicación de la Ley N° 28008 Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar sus correspondientes documentos, en la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en Parque Industrial Manzana A Lote 5 y 6 – Pocollay – Tacna.

Los deudores tributarios pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus respectivos documentos, para lo cual deberán adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el deudor y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica, carta de autorización del representante legal con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la misma; además en este caso, deberán informar su nuevo domicilio fiscal.

Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.

Documento de Identidad

Deudor

Acta

Documento de Determinación

Determinación

Liquidación de Cobranza

Deuda US$

DNI 00507955

PEDRO LOMA CHAMBI

Acta de Incautación 172-000C-CA-2005-000824

Resolución de Intendencia N° 302 de fecha 12.04.2005

ARTICULO PRIMERO: Decretar el Comiso de la mercancía contenida en el Acta de Recepción N° 172-000C-CA-2005-000824 del 03 de febrero del 2005, para su disposición de acuerdo a Ley.
ARTICULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de Multa equivalente a S/. 1,226.25 (Mil doscientos veintiséis con 25/100 Nuevos Soles) a PEDRO LOMA CHAMPI, en su calidad de responsable de las mercancías.

172-2006-020626

375.00

DNI 00507955

PEDRO LOMA CHAMBI

Acta de Incautación 172-000C-CA-2005-000824

Resolución de Intendencia N° 172-3G0000-2009-001543 de fecha 21.07.2009

ARTICULO PRIMERO: Modificar en todos los extremos de la Resolución de Intendencia N° 302-2005 DONDE DICE: PERO LOMA CHAMPI ó PEDRO LOMA CHAMBA, DEBIENDO DECIR: PEDRO LOMA CHAMBI.
ARTICULO SEGUNDO: MODIFICAR el ARTICULO SEGUNDO de la Resolución de Intendencia N° 302-2005, estableciéndose de la forma siguiente: "ARTICULO SEGUNDO: Aplicar la SANCION de Multa ascendente a US$ 375.00 (Trescientos setenta y cinco con 00/100 dólares amerícanos) a PEDRO LOMA CHAMBI, identificado con DNI N° 00507955, con domicilio en Asoc. Sector Agrario Mz. 45 Lt. 19 - Tacna, de conformidad con el artículo 42° de la Ley N° 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros".
ARTICULO TERCERO: Sancionar con el CIERRE TEMPORAL por un periodo de diez (10) días calendario al establecimiento ubicado en Calle Talara N° 1485 - Tacna conforme lo prescrito por el artículo 42° de la Ley N° 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros el cual debe ser ejecutado una vez que el presente pronunciamiento haya quedado firme o consentido.

172-2009-037228

375.00

DNI 00507955

PEDRO LOMA CHAMBI

Acta de Incautación 172-000C-CA-2005-000824

Resolución de Intendencia N° 172-3G0000-2009-001705 de fecha 17.08.2009

ARTICULO UNICO: DEJAR SIN EFECTO la Liquidación de Cobranza N° 2006-20626 de fecha 09.07.2006 emitida a nombre de PEDRO LOMA CHAMBI identificado con SNI N° 00507955, debiéndose proseguir el trámite del cobro de la multa consignada en la Liquidación de Cobranza N° 2009-037228 que se encuentra emitida de conformidad con lo resuelto por la Resolución de Intendencia N° 1543-2009.

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