SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
OFICINA
ZONAL CAJAMARCA
Resolución
Oficina Zonal Nº 160-024-0000116 de 31/10/2007
ANEXO
I
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 08/11/2007)
Relación
de deudores tributarios que no han podido ser notificados conforme a lo
dispuesto en el inciso a) del artículo 104º
del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N°
135-99-EF y modificado por
el Dec. Leg. 953; razón por la que en aplicación
de lo establecido en el inc. e) del
mismo artículo, se les
notifica por
la presente
publicación y por lo tanto
pueden apersonarse a recabar
sus documentos
en la
Oficina Zonal
Cajamarca, ubicada en Jr.Belén
Nº 740 - Cajamarca.
La
presente publicación se efectuará adicionalmente en la página web de la
SUNAT, cuya dirección electrónica es: http//www.sunat.gob.pe.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus
documentos, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural,
carta de autorización firmada por el
contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso
de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de
autorización del
representante legal acreditado en el RUC y
fotocopia simple de su
documento de identidad.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario N° 2127, cumpliendo los requisitos correspondientes.
Nº RUC | CONTRIBUYENTE | NATURALEZA DOCUMENTO |
Nº
DE DOC. O VALOR |
TIPO
DE TRIBUTO |
CODIGO | PERIODO TRIBUTARIO |
MONTO DEUDA S/. |
20453709176 | CARETUR - CAJAMARCA | RESOLUCIÓN DE OFICINA ZONAL |
1630170003972 | FRAA36 | 8021 | 200710 | 419.00 |
10266014703 | CHAPOÑAN SALDAÑA CARLOS JAVIER | ORDEN DE DE PAGO | 1630010040994 | RTA3CP | 3031 | 200708 | 697.00 |
20453368247 | COMITÉ LOCAL ADMINIST DE SALUD CHIGUIRIP | RESOLUCIÓN DE OFICINA ZONAL |
1630170003983 | FRAA36 | 8021 | 200710 | 3,980.00 |
20495744443 | SERVICIOS Y TECNOLOGÍA - PERÚ | ORDEN DE DE PAGO | 1630010041350 | RTA3CP | 3031 | 200708 | 572.00 |