SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

R.I. Nº 096-4-01050/SUNAT del 10.08.2001
(Publicado en el diario "El Comercio" del Cusco el día 11.08.2001)

Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley Nº 27256, la Administración Tributaria notificará los actos administrativos mediante la publicación en la página web de la Administración Tributaria y además en el Diario Oficial o en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales o, en su defecto, en uno de mayor circulación de dicha localidad, cuando la notificación no pudiera ser realizada en el domicilio fiscal del deudor tributario o el del representante del no domiciliado fuera desconocido y cuando, por cualquier otro motivo imputable al deudor tributario, no pueda efectuarse la notificación en alguna de las formas establecidas en los inciso a), b), c) o d) de la norma en mención;

Que, no ha sido posible notificar, en el domicilio fiscal que tiene señalado, el acto administrativo que se detalla al final de la presente Resolución, a los contribuyentes CHAMBILLA DE PILCO MÁXIMA, GÓMEZ GARCÍA JOSÉ MARÍA, NÚÑEZ HERMANOS S.R.L., GAS LOS PORTALES E.I.R.L., PÉREZ RODRÍGUEZ MARIO, ESTUDIO CONTABLE E INGENIERÍA FROPAN S.R.Ltda., DISTRIBUIDORA DEL SUR E.I.R.Ltda., MOLINERA AGROINDUSTRIAL DON PEPE S.C.R.L., VEMATCO S.R.Ltda., NEGOCIACIONES ORTIZ S.R.L., INKA GOLD S.A., CLAUDIA E.I.R.Ltda., en ninguna de las formas establecidas en los incisos a), b), c) ó d) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario;

Que, de conformidad con el artículo 106° del citado Código Tributario, la notificación surtirá efectos desde el día hábil siguiente al de su recepción o de la última publicación aún cuando, en este último caso, la entrega del documento en que conste el acto administrativo notificado se produzca con posterioridad;

En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501, Decreto Supremo N° 02-94-JUS y las Resoluciones de Superintendencia N°s 041-98/SUNAT, 004-2001/SUNAT y 023-2001/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- NOTIFICAR mediante publicación en la página web de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y en el Diario de la localidad encargado de los avisos judiciales, a los siguientes contribuyentes:

N° R.U.C.

Apellidos y Nombres

Acto Administrativo

Referencia

10024102233

Chambilla de Pilco Máxima

Requerimiento Nº 060-2001-SUNAT/IF0400

Presentar documentación contable.

15277679156

Gómez García José María

Resolución de Intendencia N° 096-00999/SUNAT

Resultado de Reclamo

10238067915

Pérez Rodríguez Mario

Resolución de Intendencia N° 096-4-01021/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

L.T. N° 98C7418

Estudio Jurídico Contable e ingeniería PROFAN S.R.Ltda.

Resolución de intendencia N° 096-4-01002/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20114546748

Distribuidora el Sur E.I.R.Ltda.

Resolución de Intendencia N° 096-4-01032/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20159303064

Molinera Agroindustrial Don Pepe S.C.R.L.

Resolución de Intendencia N° 096-4-00991/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20165183950

VEMATCO S.R.Ltda.

Resolución de Intendencia N° 096-4-01014/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20358465499

Negociaciones Ortiz S.R.L.

Resolución de Intendencia N° 095-4-02006/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20165712961

Inka Gold S.A.

Resolución de Intendencia N° 095-4-02013/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

20104984810

Claudia E.I.R.Ltda.

Resolución de Intendencia N° 096-4-01038/SUNAT

Resolución de Cumplimiento de R.T.F.

22221321481

Núñez Hermanos S.R.L.

Resolución del Tribunal Fiscal N° 0671-1-2000

Resultado de Apelación

20317307595

Gas Los Portales E.I.R.Ltda.

Resolución del Tribunal Fiscal N° 226-3-2001

Resultado de Apelación

Regístrese, notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.