SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO 

NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES 

Resolución de Intendencia Nº 0960240000069/SUNAT

(FECHA DE PUBLICACIÓN: 27/08/2010) 

Relación de contribuyentes que conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar las Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, en las oficinas de la SUNAT ubicadas en la calle Santa Teresa N° 370 - Cusco. 

Los contribuyentes pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad. 

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes. 

Resolución de Intendencia Nº 0960240000069/SUNAT de fecha 23 de Agosto de 2010. 

 

RUC

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

ACTO ADMINISTRATIVO

NOTAS

 

20527108803

JC MULTIPARTS EIRL 

Resolución del Tribunal Fiscal

Nº 2010304539

    1

 

15317008845

ANDIA MONZON DANIEL

Requerimiento

Nº 0960550003148

    1

 

 

NOTAS:

 

1.- Mediante la Resolución del Tribunal fiscal  N° 2010304539, declara:

 

REVOCAR la Resolución de Intendencia N° 0960140002690/ SUNAT de 18 de febrero de 2008 y DEJAR SIN EFECTO  la Resolución de Multa N° 093020003362.

 

2.- .- Que mediante el Requerimiento N° 0960550003148, vinculado al expediente de reclamación N° 0960340006964, se requiere la presentación de la siguiente información y/o documentación : 1.- Hoja de información sumaria – Formulario 6000 y/o 6001 (Resolución de Superintendencia N° 083-99/SUNATy modificatorias, Articulo 137° del Código Tributario).

La información requerida deberá presentarse en la Intendencia de la SUNAT, ubicada en Calle Santa Teresa 370 - Cusco o en los centros de servicios al contribuyente en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la notificación del presente requerimiento. Vencido el plazo señalado sin la presentación de la documentación requerida, el recurso de RECLAMACION  será declarado inadmisible de conformidad con el Artículo 140° del Código Tributario. 

NOTA: Para todas las reclamaciones que hayan sido declaradas INFUNDADAS O FUNDADAS EN PARTE las mismas no agotan la vía administrativa y surtirán efectos al día siguiente al de su notificación. Contra las mismas podrán interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de su notificación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 146º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, en las oficinas de la Administración Tributaria ubicada en Calle Santa Teresa Nº1370 – Cusco, Avenida Micaela Bastidas N° 327 (Referencia: Frente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones), Wanchaq – Cusco, Avenida Nuñez Nº 507, Abancay, Apurímac, Jirón Juan Antonio Trelles Nº 445, Andahuaylas – Apurímac, Jirón 2 de Mayo Nº 330, Sicuani, Canchis – Cusco, Jirón Espinar Nº 221, Santa Ana, La Convención – Cusco, o Avenida 26 de Diciembre Nº 157, Tambopata – Madre de Dios. 

Regístrese, notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.

MVS/rlm