SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO
NOTIFICACIÓN DE
CONTRIBUYENTES
Resolución de Intendencia Nº 0960240000074/SUNAT
(FECHA DE PUBLICACIÓN: 15/11/2010)
Relación de contribuyentes que conforme a lo dispuesto en el inciso e)
del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº
953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a
recabar las Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los
mismos, según corresponda, en las oficinas de
Los
contribuyentes pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones
de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda,
para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de
autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de
identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta
de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple
de su documento de identidad.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio
fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
Resolución de Intendencia Nº 0960240000074/SUNAT
de fecha 04 de Noviembre de 2010.
RUC |
NOMBRE
O RAZÓN SOCIAL |
ACTO
ADMINISTRATIVO |
NOTAS |
|
VARGAS
RAVELO FREDY |
Resolución
de Intendencia Nº
0960140004859 |
1 |
|
QOYLLORITTY
CAR 4X4 EIRL. |
Resolución
de Intendencia Nº
0960140004867 |
1 |
|
ANDIA
MONZON DANIEL |
Resolución
de Intendencia Nº 0960140004889 |
2 |
NOTAS:
1.-
Mediante el Resolución de Intendencia N° 0960140004859:
Artículo
Único.-
Declárese INFUNDADO el
recurso de reclamación interpuesto por la contribuyente VARGAS
RAVELO FREDY, mediante
Expediente de Reclamación N°
0960340007021,
en consecuencia, dese por cancelada
2.-
Mediante
Artículo
Único.-
Declárese FUNDADO el recurso de reclamación presentado por la
contribuyente QOYLLORITTY CAR 4X4 EIRL, mediante Expediente N° 0960340006930; en
consecuencia, déjese sin efecto
3.-
Mediante
Artículo
1°.- Declárese INADMISIBLE el recurso de reclamación interpuesto por el
contribuyente ANDIA MONZON DANIEL, mediante
Expediente N° 0960340006964, contra
Artículo 2°.-
Declárense a salvo el derecho del contribuyente para formular nueva
reclamación contra
NOTA:
Para todas las
reclamaciones que hayan sido declaradas INFUNDADAS
O FUNDADAS EN PARTE las mismas no agotan la vía administrativa y
surtirán efectos al día siguiente al de su notificación. Contra las mismas
podrán interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal dentro del
plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de su
notificación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por
el artículo 146º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por
el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, en las oficinas de
Regístrese,
notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.
MVS/rlm