SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 26.01.04)

Relación de Acta Probatoria de bienes comisados que la SUNAT ha declarado en abandono, y que procederá a rematarlos, destinarlos a entidades públicas o donarlos, al no haberse acreditado el derecho de propiedad o posesión, al no haberse pagado la multa y gastos, dentro del plazo establecido en el artículo N° 184 del Código Tributario.

ACTA PROBATORIA N°

NOMBRE DEL SUJETO INTERVENIDO O INFRACTOR

RESOLUCIÓN DE ABANDONO N°

FECHA DE LA RESOLUCIÓN

100 060 0000065 - 03

COMERCIAL YOHANITA E.I.R.L.

104-27-0000011

16.01.2004