SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES
NOTIFICACION DE INCLUSIONES AL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES
(Fecha de Publicación 17/02/2006)
Mediante el Decreto Legislativo N° 912 se crea el Régimen de Buenos Contribuyentes a favor de los contribuyentes y responsables que cuenten con una adecuada trayectoria de cumplimiento de sus obligaciones tributarias, vinculadas a tributos recaudados y/o administrados por la SUNAT.
El artículo 3º del Decreto Supremo Nº 105-2003/EF, dispositivo que aprobó las normas reglamentarias del Régimen de Buenos Contribuyentes, señala los criterios para la incorporación al régimen referido en el considerando precedente.
Los contribuyentes indicados a continuación, serán incorporados en el citado Régimen a partir del 1 de marzo del 2006, en vista de su adecuada trayectoria de cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la evaluación de requisitos efectuada por la SUNAT en el mes de octubre del 2005 en aplicación del artículo anteriormente citado.
Asimismo, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 105-2003/EF señala que la incorporación se realizará mediante la notificación de la Resolución de Intendencia u Oficina Zonal, según corresponda, de acuerdo al artículo 105º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias.
En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias - Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM.
En tal sentido, a continuación se detallan las Resoluciones de Intendencia y Oficina Zonal emitidas el 10 de febrero del 2006 por las Intendencias Regionales y Oficinas Zonales conteniendo a los contribuyentes que serán incluidos en el Régimen de Buenos Contribuyentes, a partir del 01 de marzo del 2006; debiendo entenderse que los párrafos precedentes reproducen los fundamentos que sustentan las citadas Resoluciones.