SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Resolución de Intendencia N° 010-024-0000133/SUNAT
Fecha de Publicación: 10/12/2009
Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a
lo dispuesto en los incisos a), b), f) y numeral 1 del inciso e) del artículo
104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, por tener la condición de
domicilio fiscal no habido, razón por la que en aplicación a lo
dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del mismo artículo, se le notifica por
publicación en la página web de la SUNAT, el Resultado de Requerimiento N°
0121090000223 (02 folios) y el Requerimiento Reiterativo N°
0122090001951 (04 folios), por lo tanto, debe apersonarse a recabar en la
Mesa de Partes, ubicada en la Jr. Miroquesa N° 212 – Esquina con Jr. Carabaya
N° 501-515 (Edificio Wiese) - Lima, cuyo plazo de apersonamiento vence el
quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los referidos documentos para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
RAZON |
DOCUMENTO |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEP |
20379163581 |
GOOD FOODS S.A. |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO N° 0121090000223 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO (02 FOLIOS) |
ENERO 2007 A DICIEMBRE 2007 |
11 |
20379163581 |
GOOD FOODS S.A. |
REQUERIMIENTO REITERATIVO N° 0122090001951 |
REQUERIMIENTO REITERATIVO (04 FOLIOS) |
ENERO 2007 A DICIEMBRE 2007 |
11 |