SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES
Resolución
de Intendencia N° 010-024-0000141/SUNAT
Fecha de
Publicación: 07/01/2009
Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a
lo dispuesto en los incisos a), b), f) y numeral 1 del inciso e) del artículo
104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, por tener la condición de
domicilio fiscal no habido, razón por la que en aplicación a lo
dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del mismo artículo, se le notifica por
publicación en la página web de la SUNAT, el Resultado de Requerimiento N°
0121090002142 (13 folios), por lo tanto, debe apersonarse a recabar en la
Mesa de Partes, ubicada en la Jr. Miroquesa N° 212 – Esquina con Jr. Carabaya
N° 501-515 (Edificio Wiese) - Lima, cuyo plazo de apersonamiento vence el
quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los referidos documentos para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
RAZON SOCIAL |
DOCUMENTO Nº |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEP |
20379163581 |
GOOD FOODS S.A. |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO N° 0121090002142 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO (13 FOLIOS) |
ENERO 2007 A DICIEMBRE 2007 |
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