SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES

NOTIFICACION DE RESOLUCIONES DE EJECUCION COACTIVA
Según memo N° 315-00-NA.0000
(Publicada en el diario oficial El Peruano el 20.06.2000)

Relación de deudores tributarios que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el Inciso a) o d) del Articulo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo se les notifica por la presente publicación y estando a los Artículos veintiocho, ciento quince, ciento diecisiete y demás aplicables del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, ordénese a los deudores tributarios que se indican en la presente publicación, para que en el plazo de siete (07) días, cumplan con pagar a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, las deudas tributarias puestas a cobranza más los intereses diarios que se devenguen, las costas y gastos administrativos derivados del Procedimiento hasta la total cancelación de la deuda, bajo APERCIBIMIENTO de dictarse medidas cautelares sobre los bienes que se sepan de su propiedad y en el lugar en que se encuentren o de iniciarse la ejecución de los mismos, si fuera el caso. Una firma del Ejecutor Coactivo Dr. Ovidio Jiménez Rea Por lo tanto, deben acercarse a recoger sus Resoluciones de Ejecución Coactiva en las oficinas de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, sito en Av. Garcilaso de la Vega N° 1472, Lima

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recoger sus Resoluciones para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Relación de deudores tributarios