SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

Resolución de Intendencia N° 024-024-0007576/SUNAT

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 02.12.09)

Que, de acuerdo a la a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente INMOBILIARIA EL MIRADOR SAC con RUC Nº 20517641023, tiene la condición de Habido, sin embargo de la verificación efectuada al domicilio fiscal declarado, ubicado en Av. Raúl Ferrero Nro. 1557 Dpto. A, distrito La Molina, Provincia y Departamento de Lima, se tiene que en el citado lugar no nos han permitido el ingreso.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF. y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT y el diario oficial El Peruano, lo siguiente:

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

0222090008193

Resultado de Requerimiento

2008/01 a 2008/12

03

Por lo tanto, debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.